II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-5830)
Resolución de 23 de marzo de 2021, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el turno libre, al grupo A (subgrupo A1), Técnico/a Superior Especialista en Medicina del Trabajo, sector de administración especial, Escala Técnica Superior de Prevención.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88
Martes 13 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 42243
Sexta. Información y actuaciones del órgano técnico de selección.
6.1 Toda la información que sea necesario comunicar a las personas aspirantes, la
lista de personas aprobadas de cada uno de los ejercicios, la valoración de los méritos y
cualquier otro anuncio que el órgano técnico de selección estime pertinente, se publicará
en el tablón oficial de anuncios electrónicos de la UVEG (https://webges.uv.es/
uvTaeWeb/), en el apartado de personal de administración y servicios y, con carácter
meramente informativo, en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), cuya
dirección es: https://www.uv.es/pas.
6.2 Una vez finalizadas ambas fases del proceso selectivo de concurso-oposición,
se procederá a obtener la lista de personas aspirantes aprobadas que hayan superado la
fase de oposición, a la que se le sumará la puntuación obtenida en la fase de concurso.
Con el resultado de las calificaciones obtenidas, el órgano técnico de selección
expondrá la relación definitiva de personas aprobadas por orden de puntuación y
elaborará una lista con el nombre de todas las personas que han superado el proceso
selectivo, por orden de puntuación, que se interrumpirá cuando el número de personas
aprobadas coincida con el número de puestos convocados.
6.3 Si en la elaboración de la citada lista se produjera un empate entre la
puntuación de las personas aprobadas, el orden se ha de establecer de la manera
siguiente:
1.º Atendiendo, en su caso, a la puntuación obtenida en el ejercicio de carácter práctico.
2.º Si continúa el empate, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el
primer ejercicio.
3.º Si, aun así, se mantiene el empate, se atenderá a la puntuación global de la
fase de oposición y si persiste el empate, este se dirimirá por sorteo.
Séptima.
Conocimientos de valenciano.
7.1 Las personas que superen las pruebas selectivas deberán acreditar el
conocimiento de valenciano de nivel C1, con certificados, diplomas o títulos expedidos
por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià o por el Servei de Política
Lingüística de la Universitat de València, o bien el certificado de homologación emitido
por este Servicio.
7.2 Las personas que no cumplan el requisito anterior se comprometerán a realizar
los oportunos cursos de formación y perfeccionamiento que se organicen para este
efecto, para adquirir, en el plazo de un año desde la toma de posesión, o en el tiempo
que permita la programación del Servei de Política Lingüística de la Universitat de
València, el nivel C1 de conocimientos de valenciano.
Relación de personas aprobadas y presentación de documentos.
8.1 Una vez finalizado el proceso selectivo se publicará en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana» (DOGV), por resolución del Rectorado, la lista definitiva con el
nombre de la persona aprobada por orden de puntuación.
8.2 En el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente de la
publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV) de la lista con el
nombre de la persona seleccionada, esta deberá presentar en el Servei de Recursos
Humans (PAS) de esta Universitat la siguiente documentación:
8.2.1 Certificado de nacimiento expedido por el registro civil correspondiente o
fotocopia del DNI o NIE.
8.2.2 Fotocopia cotejada con el original de los títulos académicos exigidos en esta
convocatoria.
8.2.3 Declaración de no haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario,
de alguna administración o cargo público, así como de no encontrarse inhabilitado/a
penalmente para el ejercicio de las funciones públicas. Si alguna persona seleccionada
cve: BOE-A-2021-5830
Verificable en https://www.boe.es
Octava.
Núm. 88
Martes 13 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 42243
Sexta. Información y actuaciones del órgano técnico de selección.
6.1 Toda la información que sea necesario comunicar a las personas aspirantes, la
lista de personas aprobadas de cada uno de los ejercicios, la valoración de los méritos y
cualquier otro anuncio que el órgano técnico de selección estime pertinente, se publicará
en el tablón oficial de anuncios electrónicos de la UVEG (https://webges.uv.es/
uvTaeWeb/), en el apartado de personal de administración y servicios y, con carácter
meramente informativo, en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), cuya
dirección es: https://www.uv.es/pas.
6.2 Una vez finalizadas ambas fases del proceso selectivo de concurso-oposición,
se procederá a obtener la lista de personas aspirantes aprobadas que hayan superado la
fase de oposición, a la que se le sumará la puntuación obtenida en la fase de concurso.
Con el resultado de las calificaciones obtenidas, el órgano técnico de selección
expondrá la relación definitiva de personas aprobadas por orden de puntuación y
elaborará una lista con el nombre de todas las personas que han superado el proceso
selectivo, por orden de puntuación, que se interrumpirá cuando el número de personas
aprobadas coincida con el número de puestos convocados.
6.3 Si en la elaboración de la citada lista se produjera un empate entre la
puntuación de las personas aprobadas, el orden se ha de establecer de la manera
siguiente:
1.º Atendiendo, en su caso, a la puntuación obtenida en el ejercicio de carácter práctico.
2.º Si continúa el empate, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el
primer ejercicio.
3.º Si, aun así, se mantiene el empate, se atenderá a la puntuación global de la
fase de oposición y si persiste el empate, este se dirimirá por sorteo.
Séptima.
Conocimientos de valenciano.
7.1 Las personas que superen las pruebas selectivas deberán acreditar el
conocimiento de valenciano de nivel C1, con certificados, diplomas o títulos expedidos
por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià o por el Servei de Política
Lingüística de la Universitat de València, o bien el certificado de homologación emitido
por este Servicio.
7.2 Las personas que no cumplan el requisito anterior se comprometerán a realizar
los oportunos cursos de formación y perfeccionamiento que se organicen para este
efecto, para adquirir, en el plazo de un año desde la toma de posesión, o en el tiempo
que permita la programación del Servei de Política Lingüística de la Universitat de
València, el nivel C1 de conocimientos de valenciano.
Relación de personas aprobadas y presentación de documentos.
8.1 Una vez finalizado el proceso selectivo se publicará en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana» (DOGV), por resolución del Rectorado, la lista definitiva con el
nombre de la persona aprobada por orden de puntuación.
8.2 En el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente de la
publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV) de la lista con el
nombre de la persona seleccionada, esta deberá presentar en el Servei de Recursos
Humans (PAS) de esta Universitat la siguiente documentación:
8.2.1 Certificado de nacimiento expedido por el registro civil correspondiente o
fotocopia del DNI o NIE.
8.2.2 Fotocopia cotejada con el original de los títulos académicos exigidos en esta
convocatoria.
8.2.3 Declaración de no haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario,
de alguna administración o cargo público, así como de no encontrarse inhabilitado/a
penalmente para el ejercicio de las funciones públicas. Si alguna persona seleccionada
cve: BOE-A-2021-5830
Verificable en https://www.boe.es
Octava.