I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2021-5778)
Prescripciones sobre el mantenimiento, examen minucioso, prueba de funcionamiento, revisión y reparación de los botes salvavidas y los botes de rescate, dispositivos de puesta a flote y aparejos de suelta, adoptadas en Londres el 19 de mayo de 2016 mediante la Resolución MSC.402(96).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Martes 13 de abril de 2021

Sec. I. Pág. 41000

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
5778

Prescripciones sobre el mantenimiento, examen minucioso, prueba de
funcionamiento, revisión y reparación de los botes salvavidas y los botes de
rescate, dispositivos de puesta a flote y aparejos de suelta, adoptadas en
Londres el 19 de mayo de 2016 mediante la Resolución MSC.402(96).
RESOLUCIÓN MSC.402(96)
(adoptada el 19 de mayo de 2016)

PRESCRIPCIONES SOBRE EL MANTENIMIENTO, EXAMEN MINUCIOSO, PRUEBA
DE FUNCIONAMIENTO, REVISIÓN Y REPARACIÓN DE LOS BOTES SALVAVIDAS Y
LOS BOTES DE RESCATE, DISPOSITIVOS DE PUESTA A FLOTE Y APAREJOS DE
SUELTA

Recordando el artículo 28 b) del Convenio constitutivo de la Organización Marítima
Internacional, artículo que trata de las funciones del Comité,
Recordando también las «Medidas para prevenir los accidentes causados por botes
salvavidas» (MSC.1/Circ.1206/Rev.1) y la «Recomendación provisional sobre las
condiciones para la autorización de los proveedores de servicios de los botes salvavidas,
los dispositivos de puesta a flote y los aparejos de suelta con carga» (MSC.1/Circ.1277),
aprobadas por el Comité,
Reconociendo que es necesario establecer una norma uniforme, segura y
documentada para el mantenimiento, examen minucioso, prueba de funcionamiento,
revisión y reparación de los botes salvavidas (incluidos los botes salvavidas de caída
libre) y los botes de rescate (incluidos los botes de rescate rápidos), dispositivos de
puesta a flote y aparejos de suelta,
Tomando nota de que, mediante la resolución MSC.404(96), adoptó enmiendas a las
reglas III/3 y III/20 del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el
mar, 1974 («el Convenio»), sobre el mantenimiento, examen minucioso, prueba de
funcionamiento, revisión y reparación de los botes salvavidas y los botes de rescate,
dispositivos de puesta a flote y aparejos de suelta,
Tomando nota también de que en la mencionada regla III/20 del Convenio se dispone
que el mantenimiento, examen minucioso, prueba de funcionamiento, revisión y
reparación se llevarán a cabo de conformidad con las Prescripciones sobre el
mantenimiento, examen minucioso, prueba de funcionamiento, revisión y reparación de
los botes salvavidas y los botes de rescate, dispositivos de puesta a flote y aparejos de
suelta («las Prescripciones»),
Habiendo examinado, en su 96.º periodo de sesiones, la recomendación formulada
por el Subcomité de sistemas y equipo del buque en su 3.º periodo de sesiones,
1. Adopta las Prescripciones sobre el mantenimiento, examen minucioso, prueba
de funcionamiento, revisión y reparación de los botes salvavidas y los botes de rescate,
dispositivos de puesta a flote y aparejos de suelta, cuyo texto figura en el anexo de la
presente resolución;
2. Invita a los Gobiernos Contratantes del Convenio a que tomen nota de que las
Prescripciones tendrán efecto el 1 de enero de 2020 cuando entren en vigor las
enmiendas conexas a las reglas III/3 y III/20 del Convenio;

cve: BOE-A-2021-5778
Verificable en https://www.boe.es

El Comité de Seguridad Marítima,