IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-17711)
GRANADA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Martes 13 de abril de 2021

Sec. IV. Pág. 22668

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

17711

GRANADA

Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el
art.. 35 del T.R. de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento concursal número 714/17, Sección 5.ª 714.05/17
con N.I.G.:1808742120170028069, se ha dictado Auto de fecha 6 de abril de 2021
acordando la conclusión del concurso voluntario de acreedores de la persona
jurídica CONFITERÍAS LLORCA, S.L.L. con Cif B18040709, con domicilio en
Polígono Industrial «Juncaril», calle Filadelfia Parcela 122, Peligros, Granada, cuya
parte dispositiva es la siguiente:
FALLO
Acuerdo la conclusión del concurso voluntario de acreedores de la persona
jurídica Confiterias Llorca, S.L.L. con Cif B18040709, inscrita en el Registro
Mercantil de Granada y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la
administración concursal. De conformidad a ello:
Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro
Mercantil y en el Registro Público Concursal.
Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso
existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.
Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del
concurso.
Se acuerda la extinción de Confiterias Llorca, S.L.L con Cif B18040709.
Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente
resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de
Confiterías Llorca, S.L.L. con Cif B18040709.
Requiérase a la Administración Concursal para que en el plazo de cinco días
desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro mercantil aporte al
juzgado su acreditación de administrador cesando en ese momento en sus
funciones.
Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 481
TRLC (177 LC)).

Granada, 8 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia,
Constanza Clara Lendínez Barranco.
ID: A210021846-1

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, D.ª María José Fernández
Alcalá Magistrada-Juez adscrita al Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada.