V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. CIUDAD DE CEUTA. (BOE-B-2021-17568)
Resolución del Servicio de Industria y Energía de la Ciudad Autónoma de Ceuta sobre autorización administrativa previa, declaración de utilidad pública y autorización administrativa de construcción de Línea Subterránea de Media Tensión entre los centros C.S. Rosales a C.T. Rosales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. V-B. Pág. 22521
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
CIUDAD DE CEUTA
17568
Resolución del Servicio de Industria y Energía de la Ciudad Autónoma
de Ceuta sobre autorización administrativa previa, declaración de
utilidad pública y autorización administrativa de construcción de Línea
Subterránea de Media Tensión entre los centros C.S. Rosales a C.T.
Rosales.
Vista la solicitud de D. Donato Palomares Herrero, en representación de la
Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución, Sociedad Anónima
Unipersonal, con domicilio en Ceuta, calle Beatriz de Silva nº 2, solicitando
autorización administrativa previa, declaración de utilidad pública y autorización
administrativa de construcción de Línea Subterránea de Media Tensión entre los
centros "C.S. Rosales" – "C.T. Rosales", y cumplidos los trámites reglamentarios
ordenados en el Título VII, Capítulo II, Sección 2ª del Real Decreto 1.955/2.000, de
1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica. En relación con la aplicación de esas normas en el presente caso
hay que tener en cuenta la disposición transitoria segunda de la Ley 24/2013, de
26 de diciembre, del sector eléctrico.
Este Servicio, en ejercicio de las competencias asignadas por el Real Decreto
2.502/1.996 de 5 de diciembre sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de Industria y Energía,
ha resuelto:
1º.- AUTORIZAR a la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución,
Sociedad Anónima Unipersonal, la autorización administrativa previa de las
instalaciones citadas.
Trazado de la nueva línea subterránea de 15 kV comprendida desde el centro
de seccionamiento "Rosales" al centro de transformación "Rosales" con
conductores tipo RHZ1 2OL (entubado) de cobre de 3(1x150mm²) de sección y
292 metros de longitud.
Discurrirán en la mayor parte de su recorrido por la Barriada Rosales hasta el
CT de destino.
2º.- DECLARAR la utilidad pública, en concreto, de dicha instalación eléctrica,
a los únicos efectos de lo expresado en el artículo 54.2 de la ley 54/1997, de 27 de
noviembre, del sector Eléctrico.
Una vez ejecutado el proyecto, se presentará la correspondiente solicitud de la
autorización de explotación, dirigida al Servicio de Industria y Energía de la ciudad
Autónoma de Ceuta para dar cumplimiento a los trámites reglamentarios
ordenados en el Título VII, Capítulo II, Sección 3ª del Real Decreto 1.955/2.000, de
1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica y la disposición transitoria segunda de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del sector eléctrico.
cve: BOE-B-2021-17568
Verificable en https://www.boe.es
3º.- APROBAR la Autorización Administrativa de Construcción (Aprobación del
Proyecto de Ejecución).
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. V-B. Pág. 22521
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CIUDAD DE CEUTA
17568
Resolución del Servicio de Industria y Energía de la Ciudad Autónoma
de Ceuta sobre autorización administrativa previa, declaración de
utilidad pública y autorización administrativa de construcción de Línea
Subterránea de Media Tensión entre los centros C.S. Rosales a C.T.
Rosales.
Vista la solicitud de D. Donato Palomares Herrero, en representación de la
Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución, Sociedad Anónima
Unipersonal, con domicilio en Ceuta, calle Beatriz de Silva nº 2, solicitando
autorización administrativa previa, declaración de utilidad pública y autorización
administrativa de construcción de Línea Subterránea de Media Tensión entre los
centros "C.S. Rosales" – "C.T. Rosales", y cumplidos los trámites reglamentarios
ordenados en el Título VII, Capítulo II, Sección 2ª del Real Decreto 1.955/2.000, de
1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica. En relación con la aplicación de esas normas en el presente caso
hay que tener en cuenta la disposición transitoria segunda de la Ley 24/2013, de
26 de diciembre, del sector eléctrico.
Este Servicio, en ejercicio de las competencias asignadas por el Real Decreto
2.502/1.996 de 5 de diciembre sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de Industria y Energía,
ha resuelto:
1º.- AUTORIZAR a la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución,
Sociedad Anónima Unipersonal, la autorización administrativa previa de las
instalaciones citadas.
Trazado de la nueva línea subterránea de 15 kV comprendida desde el centro
de seccionamiento "Rosales" al centro de transformación "Rosales" con
conductores tipo RHZ1 2OL (entubado) de cobre de 3(1x150mm²) de sección y
292 metros de longitud.
Discurrirán en la mayor parte de su recorrido por la Barriada Rosales hasta el
CT de destino.
2º.- DECLARAR la utilidad pública, en concreto, de dicha instalación eléctrica,
a los únicos efectos de lo expresado en el artículo 54.2 de la ley 54/1997, de 27 de
noviembre, del sector Eléctrico.
Una vez ejecutado el proyecto, se presentará la correspondiente solicitud de la
autorización de explotación, dirigida al Servicio de Industria y Energía de la ciudad
Autónoma de Ceuta para dar cumplimiento a los trámites reglamentarios
ordenados en el Título VII, Capítulo II, Sección 3ª del Real Decreto 1.955/2.000, de
1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica y la disposición transitoria segunda de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del sector eléctrico.
cve: BOE-B-2021-17568
Verificable en https://www.boe.es
3º.- APROBAR la Autorización Administrativa de Construcción (Aprobación del
Proyecto de Ejecución).