III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2021-5769)
Resolución de 6 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Illes Balears, para el control de la incapacidad temporal durante el período 2021-2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 40903
D.2 Creación de Unidades Especializadas en el Control de Determinados Procesos
de IT.
Con este objetivo se pretende la creación por los SPS de Unidades Asistenciales
Especializadas para controlar los procesos de IT de patologías musculo-esqueléticas y
psiquiatría menor preferentemente, dirigidas a la intervención temprana (diagnóstico y
tratamiento) de los trabajadores que han iniciado procesos de IT en esas patologías.
Se valoraría a los SPS en función de la atención temprana, con disminución de los
tiempos de los procesos que excedan del tiempo óptimo, siempre que se haya realizado
una gestión eficaz tanto de pruebas complementarias como de procedimientos.
El SPS elaborará un plan de viabilidad que incluirá un estudio inicial, el personal
sanitario
(médicos,
psicólogos,
fisioterapeutas,
etc.)
necesario
destinado
específicamente a este plan, los medios necesarios para su realización, así como los
indicadores de seguimiento y los resultados obtenidos.
Se considera necesario que un determinado porcentaje de los procesos derivados de
patología musculo-esquelética o psiquiátrica menor, que superen los 45 días de
duración, tengan alguna actuación en estas unidades especializadas.
Durante el primer ejercicio de vigencia del Convenio, se valorará la creación de las
Unidades Especializadas y el Plan de Viabilidad de las mismas. En el siguiente ejercicio
se valorará el número de procesos atendidos y los resultados respecto a la duración de
la IT.
E) Existencia de Médicos Consultores Especializados en Determinadas Patologías. 4%.
1.º Número de consultores existentes en cada provincia de la Comunidad.
2.º Número de beneficiarios de cada provincia con derecho a la prestación de IT.
3.º Porcentaje de procesos en la provincia que superen el tiempo óptimo.
F)
Gestión de propuestas de alta: 7%.
El SPS tramitará y contestará, motivadamente y en plazo, todas las propuestas de
alta formuladas por las MCSS, a través del procedimiento informatizado diseñado por el
INSS.
La contestación a las propuestas de alta formuladas por las MCSS, en caso de
desacuerdo del SPS, deberá estar motivada desde un punto de vista clínico-funcional,
cve: BOE-A-2021-5769
Verificable en https://www.boe.es
Esta actividad consiste en la creación, por el SPS de la Comunidad, de consultores
especializados en los Centros de Salud de determinadas especialidades a plena
disposición de los médicos de Atención Primaria, así como la intervención de
especialistas o consultores que realicen un seguimiento del proceso de IT relacionado
con el puesto de trabajo del ciudadano, valorando la necesidad de permanencia o no en
dicha situación.
Estos consultores facilitarían a los MAP el trabajo en la adecuada asistencia y control
de los trabajadores en IT, para que con inmediatez puedan atender a esos trabajadores
desde el mismo momento en que acuden al Centro de Salud cuando inician su IT.
Los médicos especialistas a disposición del médico de atención primaria serán de
manera preferente consultores en patología musculo esquelética (reumatólogo,
traumatólogo, rehabilitador) y patología psiquiátrica menor (psiquiatra, psicólogo), así
como ocasionalmente, aquellos especialistas relacionados con el proceso clínico
causante de la IT a los que se solicitará la información actualizada que precise, debiendo
tener respuesta en tiempo inferior al que se determine anualmente. Las contestaciones a
estas solicitudes deberán suponer, al menos, un volumen equivalente a un porcentaje
determinado de los procesos que superen el tiempo óptimo por estas patologías.
Las comunicaciones entre el médico de Atención Primaria y los consultores deben
realizarse de manera electrónica a través de la e-consulta, correo electrónico, etc.
La ponderación de este objetivo se determinará poniendo en relación los siguientes
parámetros:
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 40903
D.2 Creación de Unidades Especializadas en el Control de Determinados Procesos
de IT.
Con este objetivo se pretende la creación por los SPS de Unidades Asistenciales
Especializadas para controlar los procesos de IT de patologías musculo-esqueléticas y
psiquiatría menor preferentemente, dirigidas a la intervención temprana (diagnóstico y
tratamiento) de los trabajadores que han iniciado procesos de IT en esas patologías.
Se valoraría a los SPS en función de la atención temprana, con disminución de los
tiempos de los procesos que excedan del tiempo óptimo, siempre que se haya realizado
una gestión eficaz tanto de pruebas complementarias como de procedimientos.
El SPS elaborará un plan de viabilidad que incluirá un estudio inicial, el personal
sanitario
(médicos,
psicólogos,
fisioterapeutas,
etc.)
necesario
destinado
específicamente a este plan, los medios necesarios para su realización, así como los
indicadores de seguimiento y los resultados obtenidos.
Se considera necesario que un determinado porcentaje de los procesos derivados de
patología musculo-esquelética o psiquiátrica menor, que superen los 45 días de
duración, tengan alguna actuación en estas unidades especializadas.
Durante el primer ejercicio de vigencia del Convenio, se valorará la creación de las
Unidades Especializadas y el Plan de Viabilidad de las mismas. En el siguiente ejercicio
se valorará el número de procesos atendidos y los resultados respecto a la duración de
la IT.
E) Existencia de Médicos Consultores Especializados en Determinadas Patologías. 4%.
1.º Número de consultores existentes en cada provincia de la Comunidad.
2.º Número de beneficiarios de cada provincia con derecho a la prestación de IT.
3.º Porcentaje de procesos en la provincia que superen el tiempo óptimo.
F)
Gestión de propuestas de alta: 7%.
El SPS tramitará y contestará, motivadamente y en plazo, todas las propuestas de
alta formuladas por las MCSS, a través del procedimiento informatizado diseñado por el
INSS.
La contestación a las propuestas de alta formuladas por las MCSS, en caso de
desacuerdo del SPS, deberá estar motivada desde un punto de vista clínico-funcional,
cve: BOE-A-2021-5769
Verificable en https://www.boe.es
Esta actividad consiste en la creación, por el SPS de la Comunidad, de consultores
especializados en los Centros de Salud de determinadas especialidades a plena
disposición de los médicos de Atención Primaria, así como la intervención de
especialistas o consultores que realicen un seguimiento del proceso de IT relacionado
con el puesto de trabajo del ciudadano, valorando la necesidad de permanencia o no en
dicha situación.
Estos consultores facilitarían a los MAP el trabajo en la adecuada asistencia y control
de los trabajadores en IT, para que con inmediatez puedan atender a esos trabajadores
desde el mismo momento en que acuden al Centro de Salud cuando inician su IT.
Los médicos especialistas a disposición del médico de atención primaria serán de
manera preferente consultores en patología musculo esquelética (reumatólogo,
traumatólogo, rehabilitador) y patología psiquiátrica menor (psiquiatra, psicólogo), así
como ocasionalmente, aquellos especialistas relacionados con el proceso clínico
causante de la IT a los que se solicitará la información actualizada que precise, debiendo
tener respuesta en tiempo inferior al que se determine anualmente. Las contestaciones a
estas solicitudes deberán suponer, al menos, un volumen equivalente a un porcentaje
determinado de los procesos que superen el tiempo óptimo por estas patologías.
Las comunicaciones entre el médico de Atención Primaria y los consultores deben
realizarse de manera electrónica a través de la e-consulta, correo electrónico, etc.
La ponderación de este objetivo se determinará poniendo en relación los siguientes
parámetros: