IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-17466)
PAMPLONA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87

Lunes 12 de abril de 2021

Sec. IV. Pág. 22356

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

17466

PAMPLONA

Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 0000389/2013 referente al
concursado MATERIAS PRIMAS DEL NORTE, S.L. con CIF B31762735, con
domicilio en Avda. de Tudela, 35 de Fontellas por Auto de fecha 25 de marzo de
2021 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así:
PARTE DISPOSITIVA
DECIDO:
1º.- Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad
MATERIAS PRIMAS DEL NORTE, S.L., con CIF B31762735 y archivo del
presente procedimiento cesando todos los efectos de la declaración del concurso
sin perjuicio de su posible reapertura.
2º.- Se acuerda el cese en su cargo del Administrador Concursal y se declaran
aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración Concursal.
Conforme a lo dispuesto en art. 479.6 TRLC llévese testimonio de la presente
resolución a la Sección 2.ª
3º.- Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad
en el Registro Mercantil de Navarra, inscrita al Tomo 391, Folio 34, Hoja de
inscripción NA-18810. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con
expresión de la firmeza de esta resolución.
4º.- Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja
de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase
Mandamiento al Registro Mercantil de Navarra con expresión de su firmeza,
comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva.
5º.- Dese publicidad a la presente resolución mediante publicación en el RPC y
en el tablón de anuncios de este Juzgado.
6º.- Remítase esta resolución al «Boletín Oficial del Estado» para que sea
publicada a la mayor brevedad en virtud del art. 482 del TRLC.
Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre
el deudor.

Comuníquese al Juzgado Decano de Tudela y a todos los Juzgados de 1.ª
Instancia y Social de Pamplona, con el fin de que se ponga en conocimiento la
conclusión del presente concurso a los efectos de los artículos 483 y siguientes
TRLE.
RECURSO.- Contra el presente auto no cabe recurso alguno (art. 481.1 TRLC)

cve: BOE-B-2021-17466
Verificable en https://www.boe.es

Entréguense los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de
su curso y gestión.