I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2021-5690)
Canje de Notas mediante el cual se efectúa una declaración interpretativa en relación con el Acuerdo entre las Naciones Unidas y el Reino de España relativo al uso por las Naciones Unidas de locales en el Reino de España para la prestación de apoyo a operaciones de mantenimiento de la paz y operaciones conexas de las Naciones Unidas, hecho en Madrid el 26 de julio y 15 de septiembre de 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 40334
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
5690
Canje de Notas mediante el cual se efectúa una declaración interpretativa en
relación con el Acuerdo entre las Naciones Unidas y el Reino de España
relativo al uso por las Naciones Unidas de locales en el Reino de España
para la prestación de apoyo a operaciones de mantenimiento de la paz y
operaciones conexas de las Naciones Unidas, hecho en Madrid el 26 de julio
y 15 de septiembre de 2020.
NOTA VERBAL
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación saluda
atentamente a la Organización Internacional para las Migraciones (OIM/IOM) y tiene el
honor de informarle de que, a fin de continuar contribuyendo al esfuerzo llevado a cabo
por la OIM para incrementar su eficacia y eficiencia en el cumplimiento de su mandato y
lograr sinergias en materia de tecnologías de la comunicación y la información con el
resto de entidades del sistema de las Naciones Unidas, España está dispuesta a facilitar
la instalación de determinadas unidades y servicios de la OIM en el Centro de las
Naciones Unidas de Tecnología de la Información y las Comunicaciones en Valencia (el
Centro o, por sus siglas en inglés, UNICTF-V), en el marco de los acuerdos alcanzados
entre la Organización Internacional para las Migraciones y las Naciones Unidas.
En este sentido, España manifiesta su consentimiento en que tanto a la Organización
como al personal, bienes, fondos y haberes que la OIM despliegue en el Centro de las
Naciones Unidas de Tecnología de la Información y las Comunicaciones en Valencia les
sea de aplicación el acuerdo de sede vigente entre España y las Naciones Unidas
(Acuerdo entre las Naciones Unidas y el Reino de España relativo al uso por las
Naciones Unidas de locales en el Reino de España para la prestación de apoyo a
operaciones de mantenimiento de la paz y operaciones conexas de las Naciones Unidas,
de 28 de enero de 2009). Dicho acuerdo de sede establece el marco jurídico por el que
se regula la relación de España con las Naciones Unidas respecto de las actividades y
entidades establecidas en UNICTF-V e incluye, entre otras, disposiciones relativas a los
bienes, equipos e instalaciones, privilegios e inmunidades y exención de impuestos, de
aplicación tanto al Centro como a su personal funcionario y contratado.
A la recepción de la confirmación escrita por parte de la OIM de su aceptación de la
aplicación de las disposiciones mencionadas en la presente nota, este canje de notas
tendrá el carácter de declaración interpretativa del acuerdo de sede citado, será
publicado en el Boletín Oficial del Estado en aplicación del artículo 24.2 de la
Ley 25/2014 de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, y surtirá efectos para España
y la OIM desde la fecha de recepción de la confirmación escrita de la OIM.
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación aprovecha esta
oportunidad para reiterar a la Organización Internacional para las Migraciones el
testimonio de su más alta consideración.
Madrid, 26 de julio de 2020.
cve: BOE-A-2021-5690
Verificable en https://www.boe.es
N.° de NV 3/5.5.
N.° de Reg. 12697.
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 40334
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
5690
Canje de Notas mediante el cual se efectúa una declaración interpretativa en
relación con el Acuerdo entre las Naciones Unidas y el Reino de España
relativo al uso por las Naciones Unidas de locales en el Reino de España
para la prestación de apoyo a operaciones de mantenimiento de la paz y
operaciones conexas de las Naciones Unidas, hecho en Madrid el 26 de julio
y 15 de septiembre de 2020.
NOTA VERBAL
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación saluda
atentamente a la Organización Internacional para las Migraciones (OIM/IOM) y tiene el
honor de informarle de que, a fin de continuar contribuyendo al esfuerzo llevado a cabo
por la OIM para incrementar su eficacia y eficiencia en el cumplimiento de su mandato y
lograr sinergias en materia de tecnologías de la comunicación y la información con el
resto de entidades del sistema de las Naciones Unidas, España está dispuesta a facilitar
la instalación de determinadas unidades y servicios de la OIM en el Centro de las
Naciones Unidas de Tecnología de la Información y las Comunicaciones en Valencia (el
Centro o, por sus siglas en inglés, UNICTF-V), en el marco de los acuerdos alcanzados
entre la Organización Internacional para las Migraciones y las Naciones Unidas.
En este sentido, España manifiesta su consentimiento en que tanto a la Organización
como al personal, bienes, fondos y haberes que la OIM despliegue en el Centro de las
Naciones Unidas de Tecnología de la Información y las Comunicaciones en Valencia les
sea de aplicación el acuerdo de sede vigente entre España y las Naciones Unidas
(Acuerdo entre las Naciones Unidas y el Reino de España relativo al uso por las
Naciones Unidas de locales en el Reino de España para la prestación de apoyo a
operaciones de mantenimiento de la paz y operaciones conexas de las Naciones Unidas,
de 28 de enero de 2009). Dicho acuerdo de sede establece el marco jurídico por el que
se regula la relación de España con las Naciones Unidas respecto de las actividades y
entidades establecidas en UNICTF-V e incluye, entre otras, disposiciones relativas a los
bienes, equipos e instalaciones, privilegios e inmunidades y exención de impuestos, de
aplicación tanto al Centro como a su personal funcionario y contratado.
A la recepción de la confirmación escrita por parte de la OIM de su aceptación de la
aplicación de las disposiciones mencionadas en la presente nota, este canje de notas
tendrá el carácter de declaración interpretativa del acuerdo de sede citado, será
publicado en el Boletín Oficial del Estado en aplicación del artículo 24.2 de la
Ley 25/2014 de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, y surtirá efectos para España
y la OIM desde la fecha de recepción de la confirmación escrita de la OIM.
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación aprovecha esta
oportunidad para reiterar a la Organización Internacional para las Migraciones el
testimonio de su más alta consideración.
Madrid, 26 de julio de 2020.
cve: BOE-A-2021-5690
Verificable en https://www.boe.es
N.° de NV 3/5.5.
N.° de Reg. 12697.