V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. (BOE-B-2021-16973)
Resolución EMC/ /2021, de 29 de marzo, de la Dirección General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera del Departamento de Empresa y Conocimiento, de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública de la línea subterránea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, que conecta la futura subestación Cerdà con la subestación Zona Franca, en el término municipal de Barcelona (expediente 2016/34536).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Viernes 9 de abril de 2021

Sec. V-B. Pág. 21817

Ministerio para la Transición Ecológica ha emitido informe preceptivo con carácter
favorable. Se envía la respuesta al Ayuntamiento de Barcelona que responde
dando la conformidad.
Barcelona Ciclo del Agua, Sociedad Anónima, Edistribución Redes Digitales
Sociedad Limitada Unipersonal, Consorcio de la Zona Franca y el Puerto de
Barcelona informan favorablemente y algunos imponen condicionantes, que son
aceptados por el solicitante.
Aguas de Barcelona, Telefónica de España, Nedgia Sociedad Anónima y
Vodafone ONO Sociedad Anónima no se pronuncian respecto la Adenda, por lo
que se entiende su conformidad.
La Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la
Transición Ecológica informa favorablemente a los efectos previstos en el artículo
35.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el artículo 114 del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre.
Fundamentos de derecho
Dado que este proyecto tiene como finalidad aumentar el mallado de la red de
transporte a 220 kV de la zona, favoreciendo al mismo tiempo la mejora general de
la eficiencia en el transporte y el apoyo al suministro de la demanda, lo que se
traduce en una reducción de las pérdidas de la red en el conjunto del sistema.
Dado que la instalación se encuentra prevista en el documento editado por el
Ministerio de Industria, Energía y Turismo, denominado "Planificación Energética.
Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020",
aprobado por el Consejo de Ministros de fecha 16 de octubre de 2015.
Dado que la autorización de las instalaciones de transporte que sean
competencia de las comunidades autónomas requieren informe de la Dirección
General de Política Energética y Minas, en el que se consignarán las posibles
afecciones de la instalación proyectada en los planes de desarrollo de la red, la
gestión técnica del sistema y al régimen económico de éste, que la Administración
autorizante tendrá en cuenta en el otorgamiento de la autorización.

Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,
la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen
jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña y la Ley 26/2010 de 3
de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas
de Cataluña,
Resuelvo:
1.- Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta

cve: BOE-B-2021-16973
Verificable en https://www.boe.es

Dado el procedimiento seguido, según las indicaciones establecidas en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica y en el Decreto 351/1987, de 23
de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos
aplicables a las instalaciones eléctricas en Cataluña.