III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-5615)
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Ayuntamiento de Mazaleón, para el cumplimiento de penas de trabajos en beneficio de la comunidad.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85
Viernes 9 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 39919
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
5615
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias y el Ayuntamiento de Mazaleón, para el cumplimiento de
penas de trabajos en beneficio de la comunidad.
Habiéndose suscrito el 1 de febrero de 2021 el Convenio entre el Ministerio del
Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, y el
Ayuntamiento de Mazaleón para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio
de la comunidad, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
Convenio que figura como Anexo a esta Resolución.
Madrid, 26 de marzo de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias, y el Ayuntamiento de Mazaleón para el cumplimiento
de penas de trabajo en beneficio de la comunidad
Madrid, a 1 de febrero de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Ángel Luis Ortiz González, Secretario General de Instituciones
Penitenciarias del Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 504/2018, de 18 de
junio, actuando por delegación de competencias del/la Secretario/a de Estado de
Seguridad, según lo previsto en el apartado noveno, subapartado 2.3 de la Orden
INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban
las delegaciones efectuadas por otras autoridades, en relación con el artículo 62.2g) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los
efectos del presente Convenio en la calle Alcalá, 38-40, 28014 de Madrid.
Y de otra parte, don Rafael Martí Casals, Alcalde del Ayuntamiento de Mazaleón (en
adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de fecha 15 de
junio de 2019, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
Convenio en la plaza de España, 1, 44621, de Mazaleón (Teruel).
EXPONEN
Primero.
Que la Constitución Española establece en sus artículos 10 y 14 el derecho a la
dignidad de la persona, los derechos fundamentales de conformidad con la Declaración
Universal de Derechos Humanos y la igualdad ante la ley, sin que pueda prevalecer
cve: BOE-A-2021-5615
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente Convenio y, a tal efecto,
Núm. 85
Viernes 9 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 39919
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
5615
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias y el Ayuntamiento de Mazaleón, para el cumplimiento de
penas de trabajos en beneficio de la comunidad.
Habiéndose suscrito el 1 de febrero de 2021 el Convenio entre el Ministerio del
Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, y el
Ayuntamiento de Mazaleón para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio
de la comunidad, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
Convenio que figura como Anexo a esta Resolución.
Madrid, 26 de marzo de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias, y el Ayuntamiento de Mazaleón para el cumplimiento
de penas de trabajo en beneficio de la comunidad
Madrid, a 1 de febrero de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Ángel Luis Ortiz González, Secretario General de Instituciones
Penitenciarias del Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 504/2018, de 18 de
junio, actuando por delegación de competencias del/la Secretario/a de Estado de
Seguridad, según lo previsto en el apartado noveno, subapartado 2.3 de la Orden
INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban
las delegaciones efectuadas por otras autoridades, en relación con el artículo 62.2g) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los
efectos del presente Convenio en la calle Alcalá, 38-40, 28014 de Madrid.
Y de otra parte, don Rafael Martí Casals, Alcalde del Ayuntamiento de Mazaleón (en
adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de fecha 15 de
junio de 2019, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
Convenio en la plaza de España, 1, 44621, de Mazaleón (Teruel).
EXPONEN
Primero.
Que la Constitución Española establece en sus artículos 10 y 14 el derecho a la
dignidad de la persona, los derechos fundamentales de conformidad con la Declaración
Universal de Derechos Humanos y la igualdad ante la ley, sin que pueda prevalecer
cve: BOE-A-2021-5615
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente Convenio y, a tal efecto,