III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2021-5565)
Resolución de 5 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en relación con el Decreto-ley 5/2020, de 7 de mayo, de mitigación del impacto socioeconómico del COVID-19 en el área de medio ambiente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84
Jueves 8 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 39578
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
5565
Resolución de 5 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Coordinación
Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de
Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia, en relación con el Decreto-ley 5/2020, de 7 de mayo, de
mitigación del impacto socioeconómico del COVID-19 en el área de medio
ambiente.
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 5 de marzo de 2021.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del EstadoComunidad Autónoma de la Región de Murcia en relación con el Decreto-ley 5/2020,
de 7 de mayo, de mitigación del impacto socioeconómico del COVID-19 en el área de
medio ambiente
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia ha adoptado el siguiente Acuerdo:
Primero.
a) En relación con los apartados uno, diecisiete y diecinueve del decreto-ley ambas
partes consideran que las discrepancias han sido resueltas dado que en la redacción
recogida en la Ley 5/2020, de 3 de agosto, de mitigación del impacto socioeconómico del
COVID-19 en el área de medio ambiente, no se han suscitado controversias
competenciales respecto del contenido de dichos preceptos.
b) En relación con el resto de preceptos que fueron objeto de este procedimiento, y
una vez en vigor la Ley 5/2020, de 3 de agosto, de mitigación del impacto
socioeconómico del COVID-19 en el área de medio ambiente, ambas partes entienden
procedente remitir las cuestiones suscitadas a las negociaciones que puedan producirse
respecto de dicha Ley, teniendo en cuenta la coincidencia material de los contenidos de
los preceptos en cuanto a las controversias suscitadas y la derogación expresa del
Decreto-ley 5/2020 por la Ley 5/2020, de 3 de agosto, de mitigación del impacto
socioeconómico del COVID-19 en el área de medio ambiente.
cve: BOE-A-2021-5565
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el Grupo de Trabajo
constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de
Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia de 15 de julio de 2020, para el estudio y propuesta de solución de las
discrepancias competenciales manifestadas en relación con los apartados uno, dos,
quince, diecisiete, diecinueve, veinte y veintidós del artículo único del Capítulo I del
Decreto-ley 5/2020, de 7 de mayo, de mitigación del impacto socioeconómico del
COVID-19 en el área de medio ambiente, ambas partes consideran solventadas las
mismas en los siguientes términos:
Núm. 84
Jueves 8 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 39578
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
5565
Resolución de 5 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Coordinación
Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de
Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia, en relación con el Decreto-ley 5/2020, de 7 de mayo, de
mitigación del impacto socioeconómico del COVID-19 en el área de medio
ambiente.
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 5 de marzo de 2021.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del EstadoComunidad Autónoma de la Región de Murcia en relación con el Decreto-ley 5/2020,
de 7 de mayo, de mitigación del impacto socioeconómico del COVID-19 en el área de
medio ambiente
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia ha adoptado el siguiente Acuerdo:
Primero.
a) En relación con los apartados uno, diecisiete y diecinueve del decreto-ley ambas
partes consideran que las discrepancias han sido resueltas dado que en la redacción
recogida en la Ley 5/2020, de 3 de agosto, de mitigación del impacto socioeconómico del
COVID-19 en el área de medio ambiente, no se han suscitado controversias
competenciales respecto del contenido de dichos preceptos.
b) En relación con el resto de preceptos que fueron objeto de este procedimiento, y
una vez en vigor la Ley 5/2020, de 3 de agosto, de mitigación del impacto
socioeconómico del COVID-19 en el área de medio ambiente, ambas partes entienden
procedente remitir las cuestiones suscitadas a las negociaciones que puedan producirse
respecto de dicha Ley, teniendo en cuenta la coincidencia material de los contenidos de
los preceptos en cuanto a las controversias suscitadas y la derogación expresa del
Decreto-ley 5/2020 por la Ley 5/2020, de 3 de agosto, de mitigación del impacto
socioeconómico del COVID-19 en el área de medio ambiente.
cve: BOE-A-2021-5565
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el Grupo de Trabajo
constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de
Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia de 15 de julio de 2020, para el estudio y propuesta de solución de las
discrepancias competenciales manifestadas en relación con los apartados uno, dos,
quince, diecisiete, diecinueve, veinte y veintidós del artículo único del Capítulo I del
Decreto-ley 5/2020, de 7 de mayo, de mitigación del impacto socioeconómico del
COVID-19 en el área de medio ambiente, ambas partes consideran solventadas las
mismas en los siguientes términos: