III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2021-5562)
Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias a la Subsecretaría de Hacienda, para la gestión de expedientes de responsabilidad patrimonial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84
Jueves 8 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 39565
Octavo.
ADIF informará al Ministerio de Hacienda de las actuaciones y resoluciones judiciales
que se deriven de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial y de los recursos
potestativos de reposición objeto de esta Encomienda.
Noveno.
El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de dos años, a contar desde la
fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
La Presidenta de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias, Isabel Pardo de Vera Posada.–La Subsecretaria de Hacienda, María Pilar
Paneque Sosa.
Anexo de especificaciones operativas
cve: BOE-A-2021-5562
Verificable en https://www.boe.es
Cuando los interesados presenten las reclamaciones o recursos en papel, estos
serán digitalizados en todos los casos por ADIF y serán remitidos al Registro Auxiliar de
la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda, a través de Geiser
(EA0023039).
En el plazo de un mes desde la suscripción de esta encomienda, ADIF pondrá a
disposición del Ministerio de Hacienda los modelos de documentos que incluyan la
imagen institucional y los pies de firma que correspondan para que puedan ser utilizados
por el Ministerio de Hacienda para la redacción de la propuesta de resolución. Asimismo,
ADIF remitirá al Ministerio de Hacienda las actualizaciones que procedan a lo largo de la
vigencia de esta encomienda.
Las solicitudes de informe y la remisión de los mismos, así como, en su caso, las
comunicaciones de documentación que se requieran, se llevarán a cabo
electrónicamente en la forma que se determine por el Ministerio de Hacienda.
El Área de Responsabilidad Patrimonial de ADIF será la encargada de recabar los
informes que procedan de la unidad que corresponda por razón de la materia, los cuales
serán remitidos a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda en el plazo
de 10 días.
La Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda recabará el certificado del
Acuerdo del Consejo de Administración de ADIF debidamente diligenciado o, en su caso,
la firma de la Presidenta o del Secretario General de ADIF, según proceda, a través del
portafirmas electrónico correspondiente, en el cual se establecerán los flujos de visto
bueno y firma que se requieran.
La puesta a disposición de los expedientes administrativos electrónicos se llevará a
cabo electrónicamente en la forma que se determine por el Ministerio de Hacienda.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 84
Jueves 8 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 39565
Octavo.
ADIF informará al Ministerio de Hacienda de las actuaciones y resoluciones judiciales
que se deriven de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial y de los recursos
potestativos de reposición objeto de esta Encomienda.
Noveno.
El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de dos años, a contar desde la
fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
La Presidenta de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias, Isabel Pardo de Vera Posada.–La Subsecretaria de Hacienda, María Pilar
Paneque Sosa.
Anexo de especificaciones operativas
cve: BOE-A-2021-5562
Verificable en https://www.boe.es
Cuando los interesados presenten las reclamaciones o recursos en papel, estos
serán digitalizados en todos los casos por ADIF y serán remitidos al Registro Auxiliar de
la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda, a través de Geiser
(EA0023039).
En el plazo de un mes desde la suscripción de esta encomienda, ADIF pondrá a
disposición del Ministerio de Hacienda los modelos de documentos que incluyan la
imagen institucional y los pies de firma que correspondan para que puedan ser utilizados
por el Ministerio de Hacienda para la redacción de la propuesta de resolución. Asimismo,
ADIF remitirá al Ministerio de Hacienda las actualizaciones que procedan a lo largo de la
vigencia de esta encomienda.
Las solicitudes de informe y la remisión de los mismos, así como, en su caso, las
comunicaciones de documentación que se requieran, se llevarán a cabo
electrónicamente en la forma que se determine por el Ministerio de Hacienda.
El Área de Responsabilidad Patrimonial de ADIF será la encargada de recabar los
informes que procedan de la unidad que corresponda por razón de la materia, los cuales
serán remitidos a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda en el plazo
de 10 días.
La Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda recabará el certificado del
Acuerdo del Consejo de Administración de ADIF debidamente diligenciado o, en su caso,
la firma de la Presidenta o del Secretario General de ADIF, según proceda, a través del
portafirmas electrónico correspondiente, en el cual se establecerán los flujos de visto
bueno y firma que se requieran.
La puesta a disposición de los expedientes administrativos electrónicos se llevará a
cabo electrónicamente en la forma que se determine por el Ministerio de Hacienda.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X