III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-5463)
Resolución de 22 de marzo de 2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el importe pendiente de cobro, a 31 de diciembre de 2020, de los derechos de cobro cedidos al fondo de titulización del déficit del sistema eléctrico.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83
Miércoles 7 de abril de 2021
Emisión
Importe en € pendiente de cobro a 31/12/2020
28.ª emisión.
53.160.605,36
29.ª emisión.
86.189.353,30
30.ª emisión.
90.160.444,03
31.ª emisión.
376.245.797,62
32.ª emisión.
47.765.003,13
33.ª emisión.
92.247.262,95
34.ª emisión.
37.062.474,38
35.ª emisión.
52.746.479,37
36.ª emisión.
48.394.654,13
37.ª emisión.
823.343.275,34
38.ª emisión.
41.599.978,88
39.ª emisión.
1.000.294.145,92
40.ª emisión.
35.321.805,56
41.ª emisión.
1.167.673.928,62
42.ª emisión.
155.375.213,98
43.ª emisión.
260.575.596,43
44.ª emisión.
178.729.386,10
45.ª emisión.
648.308.711,58
Total.
Sec. III. Pág. 39302
12.021.790.926,59
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2021-5463
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 22 de marzo de 2021.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 83
Miércoles 7 de abril de 2021
Emisión
Importe en € pendiente de cobro a 31/12/2020
28.ª emisión.
53.160.605,36
29.ª emisión.
86.189.353,30
30.ª emisión.
90.160.444,03
31.ª emisión.
376.245.797,62
32.ª emisión.
47.765.003,13
33.ª emisión.
92.247.262,95
34.ª emisión.
37.062.474,38
35.ª emisión.
52.746.479,37
36.ª emisión.
48.394.654,13
37.ª emisión.
823.343.275,34
38.ª emisión.
41.599.978,88
39.ª emisión.
1.000.294.145,92
40.ª emisión.
35.321.805,56
41.ª emisión.
1.167.673.928,62
42.ª emisión.
155.375.213,98
43.ª emisión.
260.575.596,43
44.ª emisión.
178.729.386,10
45.ª emisión.
648.308.711,58
Total.
Sec. III. Pág. 39302
12.021.790.926,59
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
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