I. Disposiciones generales. PRESIDENCIA DEL GOBIERNO. Organización. (BOE-A-2021-5393)
Real Decreto 242/2021, de 6 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 399/2020, de 25 de febrero, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83
Miércoles 7 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 38913
Ciencia e Innovación; el Ministro de Consumo y el Ministro de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones.»
Dos.
El párrafo b) del artículo 3.1 queda redactado del modo siguiente:
«b) La Vicepresidenta Primera y Ministra de la Presidencia, Relaciones con
las Cortes y Memoria Democrática; la Vicepresidenta Segunda y Ministra de
Asuntos Económicos y Transformación Digital; la Vicepresidenta Tercera y Ministra
de Trabajo y Economía Social; y la Vicepresidenta Cuarta y Ministra para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.»
Tres.
El apartado 2 del artículo 4 queda redactado del modo siguiente:
«2. De acuerdo con lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 6 de la
Ley 11/2002, de 6 de mayo, asistirán a las reuniones de la Comisión Delegada del
Gobierno para Asuntos de Inteligencia la Vicepresidenta Segunda y Ministra de
Asuntos Económicos y Transformación Digital; la Vicepresidenta Tercera y Ministra
de Trabajo y Economía Social; las Ministras de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación; y de Defensa; y el Ministro del Interior.»
Cuatro.
El párrafo c) del artículo 5.1 queda redactado del modo siguiente:
«c) La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Asuntos
Económicos y Transformación Digital; la Vicepresidenta Tercera y Ministra de
Trabajo y Economía Social; la Ministra de Hacienda; los Ministros del Interior y de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; las Ministras de Educación y Formación
Profesional; y de Industria, Comercio y Turismo; los Ministros de Política Territorial
y Función Pública, de Cultura y Deporte y de Sanidad; la Ministra de Igualdad; y
los Ministros de Ciencia e Innovación, de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, y de Universidades.»
Cinco.
manera:
Los párrafos a) y c) del artículo 6.1 quedan redactados de la siguiente
cve: BOE-A-2021-5393
Verificable en https://www.boe.es
«a) La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra de Trabajo y
Economía Social, que la presidirá.
c) La Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, la Ministra de Derechos Sociales y
Agenda 2030, los Ministros del Interior y de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, las Ministras de Educación y Formación Profesional, y de Industria,
Comercio y Turismo, el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, la
Ministra de Hacienda, el Ministro de Sanidad, la Ministra de Igualdad, y los
Ministros de Consumo, de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y de
Universidades.»
Núm. 83
Miércoles 7 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 38913
Ciencia e Innovación; el Ministro de Consumo y el Ministro de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones.»
Dos.
El párrafo b) del artículo 3.1 queda redactado del modo siguiente:
«b) La Vicepresidenta Primera y Ministra de la Presidencia, Relaciones con
las Cortes y Memoria Democrática; la Vicepresidenta Segunda y Ministra de
Asuntos Económicos y Transformación Digital; la Vicepresidenta Tercera y Ministra
de Trabajo y Economía Social; y la Vicepresidenta Cuarta y Ministra para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.»
Tres.
El apartado 2 del artículo 4 queda redactado del modo siguiente:
«2. De acuerdo con lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 6 de la
Ley 11/2002, de 6 de mayo, asistirán a las reuniones de la Comisión Delegada del
Gobierno para Asuntos de Inteligencia la Vicepresidenta Segunda y Ministra de
Asuntos Económicos y Transformación Digital; la Vicepresidenta Tercera y Ministra
de Trabajo y Economía Social; las Ministras de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación; y de Defensa; y el Ministro del Interior.»
Cuatro.
El párrafo c) del artículo 5.1 queda redactado del modo siguiente:
«c) La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Asuntos
Económicos y Transformación Digital; la Vicepresidenta Tercera y Ministra de
Trabajo y Economía Social; la Ministra de Hacienda; los Ministros del Interior y de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; las Ministras de Educación y Formación
Profesional; y de Industria, Comercio y Turismo; los Ministros de Política Territorial
y Función Pública, de Cultura y Deporte y de Sanidad; la Ministra de Igualdad; y
los Ministros de Ciencia e Innovación, de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, y de Universidades.»
Cinco.
manera:
Los párrafos a) y c) del artículo 6.1 quedan redactados de la siguiente
cve: BOE-A-2021-5393
Verificable en https://www.boe.es
«a) La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra de Trabajo y
Economía Social, que la presidirá.
c) La Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, la Ministra de Derechos Sociales y
Agenda 2030, los Ministros del Interior y de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, las Ministras de Educación y Formación Profesional, y de Industria,
Comercio y Turismo, el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, la
Ministra de Hacienda, el Ministro de Sanidad, la Ministra de Igualdad, y los
Ministros de Consumo, de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y de
Universidades.»