IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-16681)
MADRID
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83
Miércoles 7 de abril de 2021
Sec. IV. Pág. 21370
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
16681
MADRID
Edicto
Don Luis Espinosa Navarro, Letrado del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de
Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 TRLC,
Anuncio:
1.-Que en el Concurso consecutivo Abreviado 118/2021, con Número de
Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0240984, por auto de
fecha 25/03/2021, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el
procedimiento abreviado, a D. FERNANDO LOZANO MARTÍNEZ, con n.º de
identificación 50449459V, y domiciliado en Avenida de Unión Europea, n.º 30, piso
1, puerta E (MADRID).
2.-Que los titulares de créditos que hubieran suscrito el acuerdo extrajudicial de
pagos no necesitarán comunicar la existencia de esos créditos ni solicitar el
reconocimiento de los mismos.
Se hace llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la
Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de 1 MES a
contar desde la publicación prevista en el art. 35 TRLC.
3.-Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso.
4.-Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y
disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal.
5.-Que la identidad de la Administración concursal es
DON EMILIO FERNANDO GUTIÉRREZ GRACIA, con DNI 04.173.095-K, y
domicilio profesional en c/ San Clemente, 11-C, local 2, de Talavera de la Reina
(Toledo), y dirección electrónica concursos@emiliogutierrezabogado.es para que
los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
6.-Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo
deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la
legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.
7.-Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se
publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es
www.publicidadconcursal.es
ID: A210020554-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-16681
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 25 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis
Espinosa Navarro.
Núm. 83
Miércoles 7 de abril de 2021
Sec. IV. Pág. 21370
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
16681
MADRID
Edicto
Don Luis Espinosa Navarro, Letrado del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de
Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 TRLC,
Anuncio:
1.-Que en el Concurso consecutivo Abreviado 118/2021, con Número de
Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0240984, por auto de
fecha 25/03/2021, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el
procedimiento abreviado, a D. FERNANDO LOZANO MARTÍNEZ, con n.º de
identificación 50449459V, y domiciliado en Avenida de Unión Europea, n.º 30, piso
1, puerta E (MADRID).
2.-Que los titulares de créditos que hubieran suscrito el acuerdo extrajudicial de
pagos no necesitarán comunicar la existencia de esos créditos ni solicitar el
reconocimiento de los mismos.
Se hace llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la
Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de 1 MES a
contar desde la publicación prevista en el art. 35 TRLC.
3.-Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso.
4.-Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y
disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal.
5.-Que la identidad de la Administración concursal es
DON EMILIO FERNANDO GUTIÉRREZ GRACIA, con DNI 04.173.095-K, y
domicilio profesional en c/ San Clemente, 11-C, local 2, de Talavera de la Reina
(Toledo), y dirección electrónica concursos@emiliogutierrezabogado.es para que
los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
6.-Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo
deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la
legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.
7.-Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se
publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es
www.publicidadconcursal.es
ID: A210020554-1
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-16681
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Madrid, 25 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis
Espinosa Navarro.