V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. (BOE-B-2021-16764)
Extracto de la Resolución de 17 de marzo de 2021 de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2021, del programa de asociaciones de la orden ESS/1613/2012, de 19 de julio
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83

Miércoles 7 de abril de 2021

Sec. V-B. Pág. 21522

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES

16764

Extracto de la Resolución de 17 de marzo de 2021 de la Dirección
General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2021, del
programa de asociaciones de la orden ESS/1613/2012, de 19 de julio

BDNS(Identif.):555250
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
555250).
Primero. Beneficiarios.
Podrán optar a estas ayudas las federaciones, asociaciones o centros de
españoles en el exterior, que cuenten con un número de asociados mayor de
cincuenta, y que desarrollen una labor asistencial a favor de los españoles del
exterior, así como entidades que tengan por finalidad el apoyo y la promoción
sociocultural de los españoles en el exterior.
Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente
constituidas, radicadas en el extranjero y figurar inscritas, en su caso, en el Censo
de Asociaciones y Centros (CACE) de la Dirección General de Migraciones, con
dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
Segundo. Objeto
Estas subvenciones tienen por objeto contribuir a la financiación de los gastos
de funcionamiento de las federaciones, asociaciones y centros de españoles en el
exterior, y además subvencionar los gastos ocasionados por las reparaciones y el
mantenimiento de los centros e instalaciones de las entidades radicadas en el
exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural a favor de
los españoles del exterior.
Tercero. Plazo
El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir
del día siguiente al de publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del
Estado.

Las solicitudes de ayudas se formalizarán en los modelos normalizados que
están disponibles en la página web del portal de la ciudadanía española en el
exterior (https://ciudadaniaexterior.inclusion.gob.es/) y en la sede electrónica del
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
(https://www.inclusion.gob.es/es/sede_electronica_menu/index.htm).
Madrid, 17 de marzo de 2021.- El Director General, Santiago Antonio Yerga
Cobos.
ID: A210020519-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2021-16764
Verificable en https://www.boe.es

Normas generales de la convocatoria