II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE JUSTICIA. Destinos. (BOE-A-2021-5270)
Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso convocado por Resolución de 23 de noviembre de 2020, para funcionarios del Cuerpo de Abogados del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Lunes 5 de abril de 2021

Sec. II.A. Pág. 38269

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE JUSTICIA
5270

Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve el concurso convocado por Resolución de 23 de noviembre de 2020,
para funcionarios del Cuerpo de Abogados del Estado.

Por Resolución de la Subsecretaria de Justicia de 23 de noviembre de 2020 (BOE
del 26 de noviembre), se convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de
trabajo reservados a funcionarios del Cuerpo de Abogados del Estado.
Habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el «Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado», aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, y a las bases de la convocatoria, finalizado el plazo de presentación de
solicitudes, vista la documentación presentada por los/as interesados/as y la propuesta
formulada por la Comisión de Valoración, esta Subsecretaría en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 63.1 letra n) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, resuelve:
Primero.
Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración y resolver el concurso,
adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria a los/as funcionarios/as en
los términos que se recogen en el anexos 1 y 2 de esta Resolución.
Segundo.
Declarar desiertos los puestos que se especifican en el anexo 1 por no haber
alcanzado ninguno de los/as candidatos/as la puntuación mínima exigida o por no existir
solicitantes en determinados puestos convocados. Asimismo, no adjudicar aquellos
puestos del anexo 2 «Listado de puestos a resultas», por no quedar finalmente vacantes.

El plazo de la toma de posesión de los destinos adjudicados se realizará conforme a
lo establecido en el artículo 48 del «Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado», aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
El plazo de toma de posesión de los nuevos destinos será de tres días hábiles, si no
implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes, si comporta cambio de
residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, el cual deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la
publicación de esta Resolución, así como el cambio de situación administrativa que en
su caso corresponda. Si la adjudicación del puesto comporta el reingreso al servicio
activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios y de ceses, se iniciarán cuando finalicen los
permisos o licencias que, en su caso, se estén disfrutando, salvo que por causas
justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

cve: BOE-A-2021-5270
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Tercero.