III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2021-5311)
Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Universidad de Vigo, para el desarrollo de trabajos de investigación que permitan determinar la procedencia de la contaminación por nitratos en la cuenca del río Limia mediante el estudio de relaciones isotópicas de diversos elementos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Lunes 5 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 38556

artículo 29 de los Estatutos de la Universidade de Vigo, aprobados por el
Decreto 13/2019, del 24 de enero y publicados en el DOG núm. 38, del 22 de febrero
de 2019.
Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento, y a tal efecto
MANIFIESTAN
I. Que con fecha 22 de noviembre de 2019 se firma, entre la UVIGO y la CHMS,
O.A., el «Convenio para el desarrollo de trabajos de investigación que permita
determinar la procedencia de la contaminación por nitratos en la cuenca del río Limia
mediante el estudio de relaciones isotópicas de diversos elementos» (BOE número 313,
de 30 de diciembre de 2019).
II. Que en el citado convenio se preveía que su vigencia se extendería hasta el 31
de diciembre de 2021 y que durante dicho periodo se estudiarían por ambas partes 360
muestras (15 mensuales durante 2 años), por las que la CHMS, O.A. pagaría 40.000€
anuales a la UVIGO durante los ejercicios 2020 y 2021, para el cumplimiento de los
objetivos establecidos, previa acreditación de los trabajos realizados.
III. Que debido a la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, por el que se
declara el estado de alarma para la gestión de la situación sanitaria ocasionada por el
COVID-19, en fecha 14 de marzo de 2020, se tuvieron que suspender los trabajos objeto
del citado convenio por el cierre de las instalaciones en la Universidad de Vigo, lo que ha
impedido realizar los análisis previstos entre marzo y junio de 2020.
Posteriormente, la situación de sequía durante los meses de agosto y septiembre,
que han afectado especialmente a los puntos de estudio dentro la cuenca del Limia, ha
imposibilitado la realización de los trabajos durante esos meses.
IV. Que en la cláusula decimosegunda del convenio se establece que las posibles
modificaciones de este convenio, acordadas unánimemente por los firmantes, deberán
formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con
los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.
V. Que conforme a lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de
Régimen Jurídico del Sector Público, los convenios deberán tener una duración
determinada, que no podrá ser superior a cuatro años y, en cualquier momento antes de
la finalización del plazo previsto, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga
por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto de la adenda.

Segunda.

Prórroga del convenio.

Se acuerda la prórroga del convenio hasta el 31 de diciembre de 2022. No obstante,
si en esa fecha no hubieran finalizado las actuaciones objeto del mismo, los firmantes del
convenio podrán acordar unánimemente su prórroga dentro de los límites temporales
establecidos en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector
Público.

cve: BOE-A-2021-5311
Verificable en https://www.boe.es

El objeto de la presente adenda es prorrogar la vigencia del Convenio para el
desarrollo de trabajos de investigación que permita determinar la procedencia de la
contaminación por nitratos en la cuenca del río Limia mediante el estudio de relaciones
isotópicas de diversos elementos, así como modificar los importes de las anualidades
vigentes.