IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-16233)
PONTEVEDRA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Lunes 5 de abril de 2021

Sec. IV. Pág. 20792

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

16233

PONTEVEDRA

Edicto:
Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia,
del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, hago saber:
Que en la Sección I declaración concurso 376/2020, seguida en este Juzgado,
se ha dictado con fecha 11 de Febrero de 2021 Auto acordando lo siguiente:
1.º Declarar el concurso voluntario abreviado del deudor D. Rubén Millos
Rodríguez con DNI n.º 53.173.145-C con domicilio en Rúa As Teixugueiras, núm.
8, 4.º D, CP 36212 de Vigo (Pontevedra).
2.º Se ha acordado abrir la fase de liquidación.
3.º Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su
patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo el deudor sustituido por la
administración concursal designada al efecto.
4.º La Administración concursal está integrada por el abogado D. Xosé Lois
Valcárcel y Valcárcel, con DNI n.º 12.760.931-W, y domicilio a efectos de
notificaciones en la Rúa Teixugueira, núm. 5, 4.º A, 36212 de Vigo (Pontevedra),
teléfono 986.221.186 y correo electrónico xlvalcarcel@avcabogados.com.
5.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículos 252,253 y 254 del
TRLC.
Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su
dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de
publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el
acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite
representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás
datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto,
cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se
pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a
que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o
una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas
comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del
título o de los documentos relativos al crédito.

Vigo, 11 de febrero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, María
Luisa Sánchez Garrido.
ID: A210019631-1

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2021-16233
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6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a
(artículo 512 del TRLC).