III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-4992)
Resolución de 23 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Centro Especial de Empleo Lavandería Industrial Doble Amor L.I.D.A., SL, para el cumplimiento de penas de trabajos en beneficio de la comunidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Martes 30 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 36221

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
4992

Resolución de 23 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias y el Centro Especial de Empleo Lavandería Industrial Doble
Amor L.I.D.A., SL, para el cumplimiento de penas de trabajos en beneficio de
la comunidad.

Habiéndose suscrito el 22 de enero de 2021 el Convenio entre el Ministerio del
Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, y el Centro
Especial de Empleo Lavandería Industrial Doble Amor L.I.D.A., S.L. para el cumplimiento
de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo a esta
Resolución.
Madrid, 23 de marzo de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias, y el Centro Especial de Empleo Lavandería Industrial
Doble Amor L.I.D.A., S.L. para el cumplimiento de la pena de trabajo en beneficio
de la comunidad
Madrid, a 22 de enero de 2021.

De una parte, don Ángel Luis Ortiz Gonzalez, Secretario General de Instituciones
Penitenciarias del Ministerio del Interior, nombrado/a por Real Decreto 504/2018, de 18
de junio, actuando por delegación de competencias del/la Secretario/a de Estado de
Seguridad, según lo previsto en el apartado noveno, subapartado 2.3 de la Orden
INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se
aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades, en relación con el
artículo 62.2g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y con domicilio a los efectos del presente Convenio en la calle Alcalá, 38-40,
28014 de Madrid.
Y de otra parte, don Carlos Enrique Vila Muñoz, en nombre y representación del
«Centro Especial de Empleo Lavandería Industrial Doble Amor L.I.D.A., S.L.» (en
adelante, C.E.E Lavandería Industrial Doble Amor L.I.D.A. S.L.) como Administrador
único, elegido por la Asamblea de fecha 4 de octubre de 2019 y facultado para este acto
en virtud de las atribuciones que tiene conferidas como Administrador único, con poder
otorgado para este acto en Benidorm ante el Notario José Antonio Martín Carnaval.
Inscrita en el registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Valenciana con
n.º 292, y con domicilio a los efectos del presente Convenio en Camí del Doble Amor, 6,
03503 Benidorm (Alicante).
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente Convenio y, a tal efecto,

cve: BOE-A-2021-4992
Verificable en https://www.boe.es

REUNIDOS