III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-4976)
Resolución de 23 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Benalúa, para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Martes 30 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 36109

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
4976

Resolución de 23 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Benalúa, para la
incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento
Integral de los casos de Violencia de Género.

Habiéndose suscrito el 22 de diciembre de 2020 el Convenio entre el Ministerio del
Interior y el Ayuntamiento de Benalúa para la incorporación de los Cuerpos de Policía
Locales al «Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de Género»,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura
como anexo a esta Resolución.
Madrid, 23 de marzo de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y el Ayuntamiento de Benalúa para la
incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al «Sistema de Seguimiento
Integral de los casos de Violencia de Género»
Madrid, a 22 de diciembre de 2020.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, nombrado/a por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo
de lo previsto en el artículo 62.2g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente Convenio en la
calle Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Manuel Martínez Sánchez, Alcalde del Ayuntamiento de Benalúa
(Granada) (en adelante, el Ayuntamiento), nombrado por el Pleno Municipal en sesión
constitutiva de este Ayuntamiento de fecha 15/06/2019, actuando en nombre y
representación del mismo en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio
a los efectos del presente Convenio en c/ Azucarera, n.º 1, Benalúa.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente Convenio y, a tal efecto,

Primero.
Que el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.

cve: BOE-A-2021-4976
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