III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-4999)
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid y Adif-Alta Velocidad, para la realización de prácticas externas.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Martes 30 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 36271

entre éstas y los universitarios mediante prácticas externas. Con ello pretende completar
los conocimientos de los estudiantes de acuerdo con su específica vocación y favorecer
que los estudiantes adquieran las competencias que les preparen para el ejercicio de su
actividad profesional, facilitando así su empleabilidad además de responder con eficacia
y garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones y empresas.
Que la propia Universidad o la entidad colaboradora, dentro de los campos de
actividad que le son propios, desea participar en la formación de universitarios con objeto
de contribuir a su formación integral, facilitar el conocimiento de la metodología de
trabajo para un mejor desempeño de su trabajo profesional, favorecer el desarrollo de
competencias en este ámbito, el emprendimiento y la empleabilidad.
Que las Entidades Públicas Empresariales ADIF y ADIF-Alta Velocidad son
organismos públicos adscritos al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
que gozan de personalidad jurídica propia, así como plena capacidad de obrar para el
cumplimiento de sus fines y patrimonio propio, y se rigen por lo establecido en la
Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, en la LRJSP y sus normas de
desarrollo, en sus Estatutos y en la legislación presupuestaria y otras normas de
aplicación.
En el ejercicio de sus funciones, ADIF y ADIF-Alta Velocidad actúan con autonomía
de gestión, teniendo en cuenta, en todo caso, la garantía del interés público, la
satisfacción de las necesidades sociales con la máxima calidad, la seguridad de los
usuarios y la eficacia global del sistema ferroviario.
Que las entidades citadas consideran de interés para sus fines institucionales el
establecimiento de un marco permanente de colaboración que permita la realización de
prácticas de empresa en las Entidades Colaboradoras por parte de estudiantes de la
Universidad.
Que el presente Convenio, enmarcado en lo que estipula la Ley 40/2015 de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, LRJSP), se establece
según lo contemplado en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan
las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Que el presente Convenio cumple con lo que establece el art. 48.3 de la LRJSP, en
cuanto que tiene por objeto mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la
utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuir a la realización de
actividades de utilidad pública y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera.
Que ambas partes tienen fines comunes y complementarios, y competencia para
fundamentar su actuación por medio de este Convenio y que, por tanto, es su voluntad
desarrollar una colaboración que, de modo continuado, contribuya al mejor desarrollo de
sus funciones y que, en consecuencia, es deseo de las partes intervinientes suscribir el
presente Convenio para establecer un marco jurídico e institucional que regule y
concrete sus respectivos compromisos adquiridos.
En virtud de todo ello, ambas partes prestan su consentimiento y están de acuerdo
en suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre las
partes firmantes con el fin de desarrollar conjuntamente actividades de prácticas
externas de estudiantes de la Universidad en cualquiera de sus programas formativos.
Segunda.

Finalidad de las prácticas.

Las prácticas externas objeto de este Convenio, que podrán ser curriculares o
extracurriculares, tendrán por finalidad completar la formación de los estudiantes

cve: BOE-A-2021-4999
Verificable en https://www.boe.es

Primera.