II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE IGUALDAD. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-4859)
Resolución de 23 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 29 de marzo de 2021

Sec. II.B. Pág. 35836

– Vocales: Un funcionario o funcionaria de la Subsecretaría, y un funcionario o
funcionaria del centro directivo donde radican los puestos de trabajo.
Asimismo, podrá formar parte de la Comisión de Valoración un miembro en
representación y a propuesta de cada una de las Organizaciones Sindicales más
representativas y de las que cuenten con más del 10 por 100 de representantes en el
conjunto de las Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente.
El número de los representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual
o superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.
En el caso de los representantes de las Organizaciones Sindicales, se designarán a
propuesta de las mismas. Interesada la propuesta de designación por la Administración,
si no se formula la propuesta de nombramiento en el plazo de diez días hábiles, se
entenderá que dicha Organización Sindical ha decaído en su opción.
Los miembros titulares tendrán suplentes que, en su caso, les sustituirán con voz y
voto. Titulares y suplentes deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de subgrupo de
titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados y, además, poseer
grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o superior al de los puestos
convocados.
La Comisión de Valoración podrá solicitar autorización para que, en sus tareas,
colaboren expertos con voz, pero sin voto, en calidad de asesores.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la
presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del Concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las posibles subsanaciones por
parte de las personas excluidas.
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter
mínimo, su publicación en la página web https://www.igualdad.gob.es/servicios/
empleopublico/Paginas/index.aspx.
3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en un concurso se permitirá
hasta la fecha en la que se constituya la comisión de valoración del concurso. De la
fecha de la reunión se dará publicidad con suficiente antelación.
4. El desistimiento de la solicitud realizada (implica el desistimiento de la solicitud
en sí misma, incluyendo la totalidad de los puestos solicitados): se admitirá hasta al día
anterior a la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las
solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación. De las
valoraciones provisionales se dará también la suficiente publicidad.
5. Las comunicaciones al órgano convocante de las alegaciones, de los
desistimientos y de las renuncias mencionadas en esta base, se realizarán de manera
exclusiva a través de la siguiente dirección de correo, adjuntando como mínimo la
solicitud presentada en plazo: concursos@igualdad.gob.es

cve: BOE-A-2021-4859
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Núm. 75