III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2021-4892)
Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, por la que se publica el Convenio con el Cabildo de Gran Canaria, para la digitalización de una colección de libros, manuscritos e ilustraciones galdosianas conservada en la Biblioteca de la Casa-Museo Pérez Galdós.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75

Lunes 29 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 35901

Ambas partes actúan en razón de sus respectivos cargos y se reconocen
mutuamente competencia y capacidad legal suficiente para actuar como lo hacen, y en
su virtud,
EXPONEN
Primero.
Que según las Directrices para proyectos de digitalización elaboradas por un grupo
de expertos de IFLA (The International Federation of Library Associations and
Institutions) e ICA (International Council on Archives) a petición de la UNESCO, las
principales razones para la digitalización son mejorar la investigación y el acceso, facilitar
nuevas formas de acceso y uso, preservar las colecciones bibliográficas y documentales,
ofrecer a las instituciones oportunidades para el desarrollo de sus infraestructuras
técnicas y para la formación técnica de su personal e impulsar el desarrollo de recursos
cooperativos.
Segundo.
Que el artículo 44.1 de la Constitución Española establece que "los poderes públicos
promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho".
Tercero.
Que el artículo 46 de la Constitución Española establece que «los poderes públicos
garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico,
cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera
que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra
este patrimonio».
Cuarto.
Que, según el Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte, le corresponde al
Ministerio de Cultura y Deporte la «promoción, protección y difusión del patrimonio
histórico español (dentro del cual se encuentra el patrimonio bibliográfico), de los
museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las
actividades cinematográficas y audiovisuales y de los archivos y bibliotecas estatales, la
promoción y difusión de la cultura en español, así como el impulso de las acciones de
cooperación cultural.»

Que, según el artículo 14.2 de la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y
de las bibliotecas, el Ministerio de Cultura y Deporte, sin perjuicio de las competencias
atribuidas a las comunidades autónomas, y de acuerdo con las pautas y
recomendaciones de la Unión Europea y de las organizaciones internacionales en la
materia, ha de promover la creación de bibliotecas digitales de acuerdo con los
siguientes criterios:
a) La accesibilidad en línea, como condición previa para optimizar los beneficios
que pueden extraer de la información los ciudadanos, los investigadores y las empresas,
b) La digitalización de colecciones analógicas para ampliar su uso en la sociedad
de la información y
c) La preservación y almacenamiento para garantizar que las generaciones futuras
puedan acceder al material digital y evitar la pérdida de contenidos preciosos.

cve: BOE-A-2021-4892
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.