II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-4887)
Resolución de 16 de marzo de 2021, conjunta de la Universidad de Santiago de Compostela y el Servicio Gallego de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75

Lunes 29 de marzo de 2021

Sec. II.B. Pág. 35877

1.2 El régimen jurídico de estas plazas será el establecido en el Real
Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del
régimen de conciertos entre las universidades y las instituciones sanitarias, y en el
Concierto firmado el 20 de abril de 2001 (DOG de 29 de junio) entre la Universidade de
Santiago de Compostela y el Servizo Galego de Saúde (SERGAS) para la utilización de
las instituciones sanitarias en la investigación y la docencia universitarias.
1.3 Las plazas de los cuerpos docentes universitarios convocadas quedan
vinculadas con la institución sanitaria y la categoría asistencial básica en los términos
que se especifican en el anexo I.
1.4 Cuando los plazos a que se hace referencia en esta convocatoria se expresen
en días, se entenderá que estos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados y
domingos y los declarados festivos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 de
la LPACAP. Se consideran festivos para estos efectos los festivos locales tanto de
Santiago de Compostela como de Lugo, ampliándose en cualquier caso en ambos
campus el plazo establecido por un número de días igual al de los festivos existentes.
1.5 La presente convocatoria comprende el concurso independiente de cada una
de las plazas convocadas.
1.6 El mes de agosto será inhábil para la publicación de convocatorias y para la
reunión de las comisiones de selección.
1.7 El plazo máximo para la resolución del concurso será de 4 meses contados a
partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2.

Requisitos de las personas aspirantes

a) Poseer la nacionalidad española o la de algún estado miembro de la Unión
Europea o país extranjero que, conforme a lo dispuesto en el artículo 57 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 89 de la disposición
adicional undécima de la LOU, permita el acceso al empleo público.
b) Cumplir los requisitos mínimos y máximos de edad legalmente establecidos para
el acceso a la administración pública.
c) Estar en posesión del título de doctor y de la acreditación pertinente para el
cuerpo de que se trate, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1312/2007; cumplir
los requisitos establecidos en el artículo 4 del Real Decreto 1313/2007. En el caso de ser
funcionario/a del mismo cuerpo, no estar incurso en la prohibición del punto 4 del
artículo 9 de este Real Decreto.
Las personas acreditadas que sean nacionales de otros Estados no miembros de la
Unión Europea podrán tomar parte en los concursos de acceso y, en su caso, acceder a
la función pública cuando el Estado de su nacionalidad reconozca aptitud legal a los/as
españoles/as para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de
los/as funcionarios/as docentes en la Universidad española.
d) Estar en posesión del título oficial de especialista que corresponda a la plaza.
e) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para
el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
f) Acreditar, una vez nombrados/as funcionarios/as, un nivel de conocimiento de las
dos lenguas oficiales en la Universidade de Santiago de Compostela, de conformidad
con lo establecido en la legislación vigente.
g) No haber sido despedido o separado mediante expediente disciplinario de
ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni estar en la situación de inhabilitación absoluta o especial
para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se
tratara de acceder a la misma categoría profesional a la que pertenecía.

cve: BOE-A-2021-4887
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2.1 Para participar en estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos: