I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Portal de Cultura de Defensa. (BOE-A-2021-4848)
Orden DEF/293/2021, de 17 de marzo, por la que se crea el nuevo Portal de Cultura de Defensa y se aprueba su marco de gobierno y gestión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75
Lunes 29 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 35793
Esta orden ministerial se adecúa a los principios de buena regulación conforme a los
cuales deben actuar las Administraciones Públicas en el ejercicio de la iniciativa
legislativa y la potestad reglamentaria como son los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Durante la tramitación del proyecto se han recabado los informes de los órganos
superiores y directivos del Departamento implicados en la disposición y fue informada
por la Comisión Permanente de la Comisión Ministerial de Administración Digital, en
cumplimiento del artículo 9.2.d) de la Orden DEF/2071/2015, de 5 de octubre, por la que
se regula la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Defensa.
Finalmente el artículo 61.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público establece que a los Ministros les corresponde «Ejercer la potestad
reglamentaria en las materias propias de su Departamento».
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Objeto.
Esta orden ministerial tiene por objeto crear el nuevo Portal de Cultura de Defensa,
que se inserta a continuación, y aprobar su marco de gobierno y gestión.
Artículo 2.
Dirección del Portal de Cultura de Defensa.
Se designa al Secretario General de Política de Defensa, en coordinación con la
Dirección de Comunicación Institucional de la Defensa, como Director del Portal de
Cultura de Defensa, correspondiéndole en el conjunto del Ministerio de Defensa, y
siguiendo las directrices de la Gestión de la Información y el Conocimiento del
Departamento, las funciones de definir los contenidos generales, determinar las
prioridades temáticas, asegurar la actualización y el mantenimiento de los contenidos y
aprobar los diseños y la funcionalidad iniciales y sucesivos del Portal, contando, para
todo ello, con los recursos del departamento, tanto humanos como financieros, técnicos
y de infraestructura, necesarios para la gestión óptima del Portal.
Artículo 3. Órgano de coordinación interna y de apoyo para la gestión, explotación y
mantenimiento del Portal de Cultura de Defensa.
Se designa a la División de Coordinación y Estudios de Seguridad y Defensa de la
Secretaría General de Política de Defensa, como órgano responsable de la coordinación
interna y de apoyo para la gestión, explotación y mantenimiento del Portal de Cultura de
Defensa.
Disposición adicional única.
Gasto.
La creación y funcionamiento del nuevo Portal de Cultura de Defensa no supondrá
incremento del gasto, y se atenderá con los medios materiales y humanos existentes en
el Ministerio de Defensa.
Derogación normativa.
1. Queda derogada la Orden DEF/2005/2007, de 3 de julio, por la que se crea el
Portal de Cultura de Defensa y se dictan normas para su desarrollo y ejecución.
2. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a
lo establecido en esta orden ministerial.
cve: BOE-A-2021-4848
Verificable en https://www.boe.es
Disposición derogatoria única.
Núm. 75
Lunes 29 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 35793
Esta orden ministerial se adecúa a los principios de buena regulación conforme a los
cuales deben actuar las Administraciones Públicas en el ejercicio de la iniciativa
legislativa y la potestad reglamentaria como son los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Durante la tramitación del proyecto se han recabado los informes de los órganos
superiores y directivos del Departamento implicados en la disposición y fue informada
por la Comisión Permanente de la Comisión Ministerial de Administración Digital, en
cumplimiento del artículo 9.2.d) de la Orden DEF/2071/2015, de 5 de octubre, por la que
se regula la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Defensa.
Finalmente el artículo 61.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público establece que a los Ministros les corresponde «Ejercer la potestad
reglamentaria en las materias propias de su Departamento».
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Objeto.
Esta orden ministerial tiene por objeto crear el nuevo Portal de Cultura de Defensa,
que se inserta a continuación, y aprobar su marco de gobierno y gestión.
Artículo 2.
Dirección del Portal de Cultura de Defensa.
Se designa al Secretario General de Política de Defensa, en coordinación con la
Dirección de Comunicación Institucional de la Defensa, como Director del Portal de
Cultura de Defensa, correspondiéndole en el conjunto del Ministerio de Defensa, y
siguiendo las directrices de la Gestión de la Información y el Conocimiento del
Departamento, las funciones de definir los contenidos generales, determinar las
prioridades temáticas, asegurar la actualización y el mantenimiento de los contenidos y
aprobar los diseños y la funcionalidad iniciales y sucesivos del Portal, contando, para
todo ello, con los recursos del departamento, tanto humanos como financieros, técnicos
y de infraestructura, necesarios para la gestión óptima del Portal.
Artículo 3. Órgano de coordinación interna y de apoyo para la gestión, explotación y
mantenimiento del Portal de Cultura de Defensa.
Se designa a la División de Coordinación y Estudios de Seguridad y Defensa de la
Secretaría General de Política de Defensa, como órgano responsable de la coordinación
interna y de apoyo para la gestión, explotación y mantenimiento del Portal de Cultura de
Defensa.
Disposición adicional única.
Gasto.
La creación y funcionamiento del nuevo Portal de Cultura de Defensa no supondrá
incremento del gasto, y se atenderá con los medios materiales y humanos existentes en
el Ministerio de Defensa.
Derogación normativa.
1. Queda derogada la Orden DEF/2005/2007, de 3 de julio, por la que se crea el
Portal de Cultura de Defensa y se dictan normas para su desarrollo y ejecución.
2. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a
lo establecido en esta orden ministerial.
cve: BOE-A-2021-4848
Verificable en https://www.boe.es
Disposición derogatoria única.