V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2021-15483)
Extracto de la Resolución de 23 de marzo de 2021, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2021 ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75
Lunes 29 de marzo de 2021
Sec. V-B. Pág. 19887
El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días a contar desde
el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Resolución en el
Boletín Oficial del Estado, finalizando a las 14 horas, hora peninsular, del último día
de plazo
Sexto. Requisitos de los proyectos
Los proyectos de largometraje, incluidos los realizados en régimen de
coproducción con empresas extranjeras, deben tener nacionalidad española.
Los proyectos deberán incluir, como medidas de accesibilidad universal, el
subtitulado especial y la audiodescripción con arreglo a la normativa técnica
aplicable.
Que, al menos, el 50 por cien de los gastos presupuestados del largometraje
se realicen en España o revierta en autores o en equipos técnicos, artísticos o de
servicios que posean residencia fiscal en España.
Madrid, 23 de marzo de 2021.- La Directora General del Instituto de la
Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Beatriz Navas Valdés.
cve: BOE-B-2021-15483
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210018666-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 75
Lunes 29 de marzo de 2021
Sec. V-B. Pág. 19887
El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días a contar desde
el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Resolución en el
Boletín Oficial del Estado, finalizando a las 14 horas, hora peninsular, del último día
de plazo
Sexto. Requisitos de los proyectos
Los proyectos de largometraje, incluidos los realizados en régimen de
coproducción con empresas extranjeras, deben tener nacionalidad española.
Los proyectos deberán incluir, como medidas de accesibilidad universal, el
subtitulado especial y la audiodescripción con arreglo a la normativa técnica
aplicable.
Que, al menos, el 50 por cien de los gastos presupuestados del largometraje
se realicen en España o revierta en autores o en equipos técnicos, artísticos o de
servicios que posean residencia fiscal en España.
Madrid, 23 de marzo de 2021.- La Directora General del Instituto de la
Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Beatriz Navas Valdés.
cve: BOE-B-2021-15483
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210018666-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X