IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2021-15285)
ELCHE
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75
Lunes 29 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 19614
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
15285
ELCHE
Edicto
Doña BLANCA C. MARTÍNEZ SERRANO, Letrada de la Administración de
Justicia del Juzgado de Primera Instancia 4 de Elche, por el presente
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de
Acreedores Abreviado núm. 001004/2019 - 0004, siendo el concursado D. TOMÁS
RUBIO VAELLO, en el que se ha dictado Auto de fecha 18.11.2020 de apertura de
la fase de liquidación y finalizada la fase común del concurso, que contiene entre
otros los siguientes pronunciamientos:
1. -Declarar que en esta fase de liquidación se producen los efectos previstos
en el fundamento de derecho segundo, siendo de destacar que se suspenden las
facultades de administración y disposición de los deudores sobre la masa activa,
siendo asumidas por la administración concursal y el vencimiento anticipado de los
créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que
consistan en otras pretensiones.
2. - Acordar que e el plazo de quince DÍAS, computados desde la notificación
de esta resolución, la administración concursal presente un plan para la realización
de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso. Una vez se
apruebe el plan de liquidación en su caso, se abrirá la sección sexta de calificación
del concurso.
3. - Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación que se fijarán en
el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y
en el Registro Público Concursal. Inscríbase asimismo en el Registro Civil y demás
Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación con la
consiguiente suspensión de facultades de administración y disposición de los
deudores sobre la masa común conforme a lo establecido en el fundamento de
derecho cuarto.
Notifíquese la presente resolución al administrador concursal y a las partes
personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de
apelación tanto por el referido Administrador como por las personas legitimadas
para solicitar la declaración de concurso. De igual forma, se podrán reproducir
todas aquellas cuestiones resueltas por los autos resolutorios de recursos de
reposición y por las sentencias dictadas en incidentes concursales promovidos en
la fase común o en la de convenio, siempre y cuando se hubiese formulado la
oportuna protesta y se formule el recurso en el plazo de veinte días siguientes a la
notificación de la presente resolución.
Elche, 1 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia,
Blanca C. Martínez Serrano.
ID: A210018601-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-15285
Verificable en https://www.boe.es
Así lo acuerda, manda y firma la Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia n.° 4 de Elche. Doy fe.
Núm. 75
Lunes 29 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 19614
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
15285
ELCHE
Edicto
Doña BLANCA C. MARTÍNEZ SERRANO, Letrada de la Administración de
Justicia del Juzgado de Primera Instancia 4 de Elche, por el presente
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de
Acreedores Abreviado núm. 001004/2019 - 0004, siendo el concursado D. TOMÁS
RUBIO VAELLO, en el que se ha dictado Auto de fecha 18.11.2020 de apertura de
la fase de liquidación y finalizada la fase común del concurso, que contiene entre
otros los siguientes pronunciamientos:
1. -Declarar que en esta fase de liquidación se producen los efectos previstos
en el fundamento de derecho segundo, siendo de destacar que se suspenden las
facultades de administración y disposición de los deudores sobre la masa activa,
siendo asumidas por la administración concursal y el vencimiento anticipado de los
créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que
consistan en otras pretensiones.
2. - Acordar que e el plazo de quince DÍAS, computados desde la notificación
de esta resolución, la administración concursal presente un plan para la realización
de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso. Una vez se
apruebe el plan de liquidación en su caso, se abrirá la sección sexta de calificación
del concurso.
3. - Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación que se fijarán en
el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y
en el Registro Público Concursal. Inscríbase asimismo en el Registro Civil y demás
Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación con la
consiguiente suspensión de facultades de administración y disposición de los
deudores sobre la masa común conforme a lo establecido en el fundamento de
derecho cuarto.
Notifíquese la presente resolución al administrador concursal y a las partes
personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de
apelación tanto por el referido Administrador como por las personas legitimadas
para solicitar la declaración de concurso. De igual forma, se podrán reproducir
todas aquellas cuestiones resueltas por los autos resolutorios de recursos de
reposición y por las sentencias dictadas en incidentes concursales promovidos en
la fase común o en la de convenio, siempre y cuando se hubiese formulado la
oportuna protesta y se formule el recurso en el plazo de veinte días siguientes a la
notificación de la presente resolución.
Elche, 1 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia,
Blanca C. Martínez Serrano.
ID: A210018601-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-15285
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Juzgado de Primera Instancia n.° 4 de Elche. Doy fe.