IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-15378)
BARCELONA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75

Lunes 29 de marzo de 2021

Sec. IV. Pág. 19707

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

15378

BARCELONA

Doña M. José Hompanera González, el Letrado de la Administración de
Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona al objeto de dar publicidad
al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,
Hago saber:
Número de asunto. Concurso consecutivo 321/2020. Sección C.
NIG: 0801947120198032470.
Fecha del auto de declaración. 16/03/21.
Clase de concurso. Consecutivo.
Entidad concursada. Antolín García Hernández, con DNI 33864143R.
Administradores concursales.
Se ha designado como administración concursal:
DAVID GÓMEZ ZARAGOZA, letrado con DNI 46962982H.
Dirección postal: Gran Via de les Corts Catalanes, 645, 6.º, 2.ª, 08010 Barcelona.
Dirección electrónica: dgomez@mercatoria.es
Régimen de las facultades del concursado. Intervenidas.
Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a
la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes
señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior
reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal
(LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.
La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida
Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edifici C) - Barcelona.
Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer
en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de
Abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de
Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Barcelona, 16 de marzo de 2021.- M. José Hompanera González, Letrada de la
Administración de Justicia.
ID: A210018843-1

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las
resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es