I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2021-4847)
Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) relativo a la organización de la Tercera Conferencia Mundial sobre la Educación Superior (CMES III), hecho en Nueva York el 17 de diciembre de 2020.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75
Lunes 29 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 35791
– ujieres/personal de sala (hombres y mujeres);
– técnicos encargados de los equipos de interpretación simultánea y los sistemas de
sonido y grabación de audio en todas las salas de reunión;
– personal a cargo de las fotocopiadoras y técnicos de mantenimiento del equipo
informático;
– empleados de guardarropa.
Para facilitar la comunicación, el personal local deberá hablar inglés o francés.
Ambas Partes promoverán la contratación inclusiva.
3.9
Alojamiento y transporte:
El país anfitrión indicará alojamientos hoteleros de diversas categorías y tarifas. El
personal de la UNESCO deberá alojarse en el hotel de la reunión (con cargo al
presupuesto de la UNESCO).
El país anfitrión se encargará de las tareas de recepción y ayuda para el transporte a
la llegada y la partida, en el aeropuerto y la estación de ferrocarril, así como del servicio
de lanzadera entre los hoteles y el centro de conferencias para determinados oradores
principales.
3.10
Flete:
Todos los documentos y materiales de exposición que se importen con destino a la
Conferencia irán dirigidos a la Asociación Catalana de Universidades Públicas. Las
autoridades nacionales competentes facilitarán los trámites para su diligente despacho
aduanero y entrega al centro de conferencias.
3.11
Hospitalidad:
El país anfitrión ofrecerá un almuerzo y una recepción a un grupo selecto de
invitados, que no excederá las 40 personas, así como café, té y agua a todos los
participantes.
3.12
Servicios de restauración y refrigerio:
Se dispondrá lo necesario para que el centro de conferencias cuente con servicios de
bar y restaurante que ofrezcan refrigerios a precios negociados (servicio comercial).
El país anfitrión tomará las disposiciones necesarias para que la Mesa de la
Conferencia, el Grupo de Redacción y el personal local que trabaje fuera de las horas de
reunión (a primera hora de la mañana o última hora de la tarde) reciban refrigerios y
bebidas.
3.13 Producción de material de comunicación (diseño, producción, instalación,
plataformas web, etc.).
3.14
Inscripción:
Sistema de inscripción (sistema digital).
* * *
El presente Acuerdo se aplica provisionalmente desde el 17 de diciembre de 2020,
fecha de su firma, de conformidad con lo dispuesto en su apartado VI.
Madrid, 22 de marzo de 2021.–El Secretario General Técnico, José María Muriel
Palomino.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-4847
Verificable en https://www.boe.es
3.15 Apoyo logístico: servicio de transporte para el traslado de material y miembros
del equipo en los días previos a la Conferencia y durante la misma (de lunes a viernes).
Núm. 75
Lunes 29 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 35791
– ujieres/personal de sala (hombres y mujeres);
– técnicos encargados de los equipos de interpretación simultánea y los sistemas de
sonido y grabación de audio en todas las salas de reunión;
– personal a cargo de las fotocopiadoras y técnicos de mantenimiento del equipo
informático;
– empleados de guardarropa.
Para facilitar la comunicación, el personal local deberá hablar inglés o francés.
Ambas Partes promoverán la contratación inclusiva.
3.9
Alojamiento y transporte:
El país anfitrión indicará alojamientos hoteleros de diversas categorías y tarifas. El
personal de la UNESCO deberá alojarse en el hotel de la reunión (con cargo al
presupuesto de la UNESCO).
El país anfitrión se encargará de las tareas de recepción y ayuda para el transporte a
la llegada y la partida, en el aeropuerto y la estación de ferrocarril, así como del servicio
de lanzadera entre los hoteles y el centro de conferencias para determinados oradores
principales.
3.10
Flete:
Todos los documentos y materiales de exposición que se importen con destino a la
Conferencia irán dirigidos a la Asociación Catalana de Universidades Públicas. Las
autoridades nacionales competentes facilitarán los trámites para su diligente despacho
aduanero y entrega al centro de conferencias.
3.11
Hospitalidad:
El país anfitrión ofrecerá un almuerzo y una recepción a un grupo selecto de
invitados, que no excederá las 40 personas, así como café, té y agua a todos los
participantes.
3.12
Servicios de restauración y refrigerio:
Se dispondrá lo necesario para que el centro de conferencias cuente con servicios de
bar y restaurante que ofrezcan refrigerios a precios negociados (servicio comercial).
El país anfitrión tomará las disposiciones necesarias para que la Mesa de la
Conferencia, el Grupo de Redacción y el personal local que trabaje fuera de las horas de
reunión (a primera hora de la mañana o última hora de la tarde) reciban refrigerios y
bebidas.
3.13 Producción de material de comunicación (diseño, producción, instalación,
plataformas web, etc.).
3.14
Inscripción:
Sistema de inscripción (sistema digital).
* * *
El presente Acuerdo se aplica provisionalmente desde el 17 de diciembre de 2020,
fecha de su firma, de conformidad con lo dispuesto en su apartado VI.
Madrid, 22 de marzo de 2021.–El Secretario General Técnico, José María Muriel
Palomino.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-4847
Verificable en https://www.boe.es
3.15 Apoyo logístico: servicio de transporte para el traslado de material y miembros
del equipo en los días previos a la Conferencia y durante la misma (de lunes a viernes).