I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Sanidad animal. (BOE-A-2021-4799)
Orden APA/289/2021, de 22 de marzo, por la que se establecen las partidas sometidas a control veterinario en frontera a realizar por los servicios de sanidad animal.
36 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Sábado 27 de marzo de 2021

Código

Sec. I. Pág. 35554

Designación de la mercancía

Observaciones

0507

Marfil, concha (caparazón) de tortuga, ballenas de mamíferos marinos (incluidas las barbas),
cuernos, astas, cascos, pezuñas, uñas, garras y picos, en bruto o simplemente preparados,
pero sin cortar en forma determinada; polvo y desperdicios de estas materias

VETERIN

0508 00 00

Coral y materias similares, en bruto o simplemente preparados, pero sin otro trabajo; valvas y
caparazones de moluscos, crustáceos o equinodermos, y jibiones, en bruto o simplemente
preparados, pero sin cortar en forma determinada, incluso en polvo y desperdicios

VETERIN

0510 00 00

Ámbar gris, castóreo, algalia y almizcle; cantáridas; bilis, incluso desecada; glándulas y demás
sustancias de origen animal utilizadas para la preparación de productos farmacéuticos, frescas, VETERIN
refrigeradas, congeladas o conservadas provisionalmente de otra forma

0511

Productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte; animales muertos de
VETERIN
los Capítulos 1 o 3, impropios para la alimentación humana

0511 10

semen de bovino

0511 9110

Desperdicios de la pesca

0511 9190

Los demás

0511 99

los demás

0511 9985

los demás ( esperma y embriones)

CAPÍTULO 6
Plantas vivas y productos de la floricultura; bulbos, raíces y similares; flores
cortadas y follaje ornamental
Código

0602 90 10

Designación de la mercancía

Micelios

Observaciones

VETERIN

CAPÍTULO 7
Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios
Designación de la mercancía

701

Patatas (papas) frescas o refrigeradas

0701 90

- Las demás

0701 90 50

-- Las demás

0701 90 90

--- Tempranas, del 1 de enero al 30 de junio

0702 00 00

--- Las demás

703

Tomates frescos o refrigerados

0703 10

Cebollas, chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas aliáceas, frescos o refrigerados
- Cebollas y chalotes

0703 10 19

-- Cebollas

0703 10 90

--- Las demás

0703 20 00

-- Chalotes

Observaciones

VETIM. Solo aquellas partidas
destinadas a alimentación animal
(en todas las partidas incluidas en
este capítulo).

cve: BOE-A-2021-4799
Verificable en https://www.boe.es

Código