I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Sanidad animal. (BOE-A-2021-4799)
Orden APA/289/2021, de 22 de marzo, por la que se establecen las partidas sometidas a control veterinario en frontera a realizar por los servicios de sanidad animal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74
Sábado 27 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 35583
CAPÍTULO 38
Productos diversos de las industrias químicas
Código
Designación de la mercancía
Observaciones
38210000
VETERIN/VETIM. Solo los
Medios de cultivo preparados para el desarrollo o mantenimiento de microorganismos (incluidos productos destinados al ámbito
los virus y organismos similares) o de células vegetales, humanas o animales.
veterinario para todos los
productos de capitulo.
3822 00 00
Reactivos de diagnóstico o de laboratorio sobre cualquier soporte y reactivos de diagnóstico o
de laboratorio preparados, incluso sobre soporte (excepto los de las partidas 3002 o 3006);
materiales de referencia certificados
3823
Ácidos grasos monocarboxílicos industriales; aceites ácidos del refinado; alcoholes grasos
industriales
3824
Preparaciones aglutinantes para moldes o núcleos de fundición; productos químicos y
preparaciones de la industria química o de las industrias conexas, incluidas las mezclas de
productos naturales, no expresados ni comprendidos en otra parte
382499
Los demás
CAPÍTULO 39
Plástico y sus manufacturas
Código
Designación de la mercancía
Observaciones
Polímeros naturales (excepto ácido algínico, sus sales y sus ésteres) y polímeros naturales
modificados (por ejemplo: proteínas endurecidas, derivados químicos del caucho natural), no
expresados ni comprendidos en otra parte, en formas primarias
VETERIN. Solo los productos
derivados de animales.
3915
Desechos, desperdicios y recortes, de plástico
VETIM. Solo los que hayan
contenido productos origen animal
destinados a consumo humano o
animal.
3917 10 10
Tripas artificiales de proteínas endurecidas o de plásticos celulósicos
VETERIN. Solo los productos
derivados animales.
3926 90 92
Las demás manufacturas de plástico y manufacturas de las demás materias de las partidas
3901 a 3914 fabricadas con hojas
VETERIN. Cápsulas vacías de
gelatina endurecida para consumo
animal.
3926 90 97
Las demás manufacturas de plástico y manufacturas de las demás materias de las partidas
3901 a 3914 que no estén fabricadas con hojas.
VETERIN. Cápsulas vacías de
gelatina endurecida para consumo
animal.
3913 90 00
CAPÍTULO 41
Código
Designación de la mercancía
4101
Cueros y pieles en bruto, de bovino, incluido el búfalo, o de equino (frescos o salados, secos,
encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de
otra forma), incluso depilados o divididos
4102
Cueros y pieles en bruto, de ovino (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o
conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma),
Observaciones
VETERIN (para todos los
productos del capítulo)
cve: BOE-A-2021-4799
Verificable en https://www.boe.es
Pieles (excepto la peletería) y cueros
Núm. 74
Sábado 27 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 35583
CAPÍTULO 38
Productos diversos de las industrias químicas
Código
Designación de la mercancía
Observaciones
38210000
VETERIN/VETIM. Solo los
Medios de cultivo preparados para el desarrollo o mantenimiento de microorganismos (incluidos productos destinados al ámbito
los virus y organismos similares) o de células vegetales, humanas o animales.
veterinario para todos los
productos de capitulo.
3822 00 00
Reactivos de diagnóstico o de laboratorio sobre cualquier soporte y reactivos de diagnóstico o
de laboratorio preparados, incluso sobre soporte (excepto los de las partidas 3002 o 3006);
materiales de referencia certificados
3823
Ácidos grasos monocarboxílicos industriales; aceites ácidos del refinado; alcoholes grasos
industriales
3824
Preparaciones aglutinantes para moldes o núcleos de fundición; productos químicos y
preparaciones de la industria química o de las industrias conexas, incluidas las mezclas de
productos naturales, no expresados ni comprendidos en otra parte
382499
Los demás
CAPÍTULO 39
Plástico y sus manufacturas
Código
Designación de la mercancía
Observaciones
Polímeros naturales (excepto ácido algínico, sus sales y sus ésteres) y polímeros naturales
modificados (por ejemplo: proteínas endurecidas, derivados químicos del caucho natural), no
expresados ni comprendidos en otra parte, en formas primarias
VETERIN. Solo los productos
derivados de animales.
3915
Desechos, desperdicios y recortes, de plástico
VETIM. Solo los que hayan
contenido productos origen animal
destinados a consumo humano o
animal.
3917 10 10
Tripas artificiales de proteínas endurecidas o de plásticos celulósicos
VETERIN. Solo los productos
derivados animales.
3926 90 92
Las demás manufacturas de plástico y manufacturas de las demás materias de las partidas
3901 a 3914 fabricadas con hojas
VETERIN. Cápsulas vacías de
gelatina endurecida para consumo
animal.
3926 90 97
Las demás manufacturas de plástico y manufacturas de las demás materias de las partidas
3901 a 3914 que no estén fabricadas con hojas.
VETERIN. Cápsulas vacías de
gelatina endurecida para consumo
animal.
3913 90 00
CAPÍTULO 41
Código
Designación de la mercancía
4101
Cueros y pieles en bruto, de bovino, incluido el búfalo, o de equino (frescos o salados, secos,
encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de
otra forma), incluso depilados o divididos
4102
Cueros y pieles en bruto, de ovino (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o
conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma),
Observaciones
VETERIN (para todos los
productos del capítulo)
cve: BOE-A-2021-4799
Verificable en https://www.boe.es
Pieles (excepto la peletería) y cueros