IV. Administración de Justicia. TRIBUNAL SUPREMO. (BOE-B-2021-14662)
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73
Viernes 26 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 18900
IV. Administración de Justicia
TRIBUNAL SUPREMO
14662
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Por la FEDERACION ESPAÑOLA DE LA RECUPERACION Y EL RECICLAJE
se ha interpuesto ante la Sala Tercera, Sección Quinta del Tribunal Supremo,
recurso contencioso administrativo contra el Real Decreto 27/2021, de 19 de
enero, por el que se modifica el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre
pilas y acumuladores y la gestión medido ambiental de sus residuos, y el Real
Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y
electrónicos (BOE. 20/1/2021), que ha sido admitido a trámite por resolución del
día de la fecha y figura registrado con el número 1-104-2021.
Lo que se hace público a los efectos de que cualquier persona que tenga
interés legítimo en sostener la conformidad a Derecho de la actuación recurrida
pueda personarse como demandado en el expresado recurso hasta el momento en
que hubiera de dársele traslado para contestar a la demanda.
Madrid, 23 de marzo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Aurelia
Lorente Lamarca.
cve: BOE-B-2021-14662
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210018334-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 73
Viernes 26 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 18900
IV. Administración de Justicia
TRIBUNAL SUPREMO
14662
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Por la FEDERACION ESPAÑOLA DE LA RECUPERACION Y EL RECICLAJE
se ha interpuesto ante la Sala Tercera, Sección Quinta del Tribunal Supremo,
recurso contencioso administrativo contra el Real Decreto 27/2021, de 19 de
enero, por el que se modifica el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre
pilas y acumuladores y la gestión medido ambiental de sus residuos, y el Real
Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y
electrónicos (BOE. 20/1/2021), que ha sido admitido a trámite por resolución del
día de la fecha y figura registrado con el número 1-104-2021.
Lo que se hace público a los efectos de que cualquier persona que tenga
interés legítimo en sostener la conformidad a Derecho de la actuación recurrida
pueda personarse como demandado en el expresado recurso hasta el momento en
que hubiera de dársele traslado para contestar a la demanda.
Madrid, 23 de marzo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Aurelia
Lorente Lamarca.
cve: BOE-B-2021-14662
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210018334-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X