V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. (BOE-B-2021-14765)
Extracto de la Orden de 18 de marzo de 2021 por la que se convoca para el año 2021 la concesión de subvenciones a entidades asociativas representativas del sector agrario y alimentario por el desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado y la Unión Europea, así como para la realización de Actividades Específicas de especial interés para el sector agroalimentario español.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73
Viernes 26 de marzo de 2021
Sec. V-B. Pág. 19038
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
14765
Extracto de la Orden de 18 de marzo de 2021 por la que se convoca
para el año 2021 la concesión de subvenciones a entidades asociativas
representativas del sector agrario y alimentario por el desarrollo de
actividades de colaboración y representación ante la Administración
General del Estado y la Unión Europea, así como para la realización de
Actividades Específicas de especial interés para el sector
agroalimentario español.
BDNS (Identif.): 554188.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
554188).
Primero.-Beneficiaros.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las organizaciones y entidades
previstas en el artículo 2.1. de la Orden de bases reguladoras de dichas ayudas.
Segundo.-Objeto de la convocatoria.
Se convoca para el ejercicio 2021, en régimen de concurrencia competitiva, la
concesión de subvenciones dirigidas a las entidades asociativas del sector
agroalimentario. Dichas subvenciones se destinarán únicamente a las actuaciones
realizadas en el período señalado en el artículo 1. 2. de la Orden de Bases
reguladoras, y acreditar su realización antes del 20 de noviembre de 2021
mediante la presentación de la correspondiente cuenta justificativa.
Tercero.-Bases reguladoras.
La Orden APM/476/2018, de 30 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número
114, de 10 de mayo de 2018), modificada por Orden APA/1107/2020, de 16 de
noviembre ("Boletín Oficial del Estado" número 310, de 26 de noviembre de 2020),
establece las bases reguladoras para la concesión de estas ayudas.
Cuarto.-Financiación de las ayudas.
Quinto.-Solicitudes y plazo de presentación.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a
partir del día siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el "Boletín
Oficial del Estado", en el Registro Electrónico del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, a través de su sede electrónica (https://sede.mapa.gob.es/portal/site/
s e M A P A / p r o c e d i m i e n t o s intermedio?cross_search=theme_type&type_id=2&theme_id=1) según los artículos
cve: BOE-B-2021-14765
Verificable en https://www.boe.es
La financiación de las subvenciones previstas en esta orden se efectuará con
cargo a los conceptos presupuestarios 21.01.411M.482 y 21.01.411M.483, cuya
cuantía total máxima será de un millón setecientos setenta y seis mil sesenta
euros, y setecientos cincuenta y tres mil ciento noventa euros, respectivamente,
(1.776.060,00 y 753.190,00 €).
Núm. 73
Viernes 26 de marzo de 2021
Sec. V-B. Pág. 19038
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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
14765
Extracto de la Orden de 18 de marzo de 2021 por la que se convoca
para el año 2021 la concesión de subvenciones a entidades asociativas
representativas del sector agrario y alimentario por el desarrollo de
actividades de colaboración y representación ante la Administración
General del Estado y la Unión Europea, así como para la realización de
Actividades Específicas de especial interés para el sector
agroalimentario español.
BDNS (Identif.): 554188.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
554188).
Primero.-Beneficiaros.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las organizaciones y entidades
previstas en el artículo 2.1. de la Orden de bases reguladoras de dichas ayudas.
Segundo.-Objeto de la convocatoria.
Se convoca para el ejercicio 2021, en régimen de concurrencia competitiva, la
concesión de subvenciones dirigidas a las entidades asociativas del sector
agroalimentario. Dichas subvenciones se destinarán únicamente a las actuaciones
realizadas en el período señalado en el artículo 1. 2. de la Orden de Bases
reguladoras, y acreditar su realización antes del 20 de noviembre de 2021
mediante la presentación de la correspondiente cuenta justificativa.
Tercero.-Bases reguladoras.
La Orden APM/476/2018, de 30 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número
114, de 10 de mayo de 2018), modificada por Orden APA/1107/2020, de 16 de
noviembre ("Boletín Oficial del Estado" número 310, de 26 de noviembre de 2020),
establece las bases reguladoras para la concesión de estas ayudas.
Cuarto.-Financiación de las ayudas.
Quinto.-Solicitudes y plazo de presentación.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a
partir del día siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el "Boletín
Oficial del Estado", en el Registro Electrónico del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, a través de su sede electrónica (https://sede.mapa.gob.es/portal/site/
s e M A P A / p r o c e d i m i e n t o s intermedio?cross_search=theme_type&type_id=2&theme_id=1) según los artículos
cve: BOE-B-2021-14765
Verificable en https://www.boe.es
La financiación de las subvenciones previstas en esta orden se efectuará con
cargo a los conceptos presupuestarios 21.01.411M.482 y 21.01.411M.483, cuya
cuantía total máxima será de un millón setecientos setenta y seis mil sesenta
euros, y setecientos cincuenta y tres mil ciento noventa euros, respectivamente,
(1.776.060,00 y 753.190,00 €).