V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2021-14609)
Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife por la que se acordó otorgar concesión administrativa a la entidad Rosapesca, S.L., para la ocupación de la nave situada en la parcela 17 de la Dársena Pesquera del Puerto de Santa Cruz de Tenerife, para ser destinada a la importación, transformación, envasado, almacenamiento y distribución de productos congelados de la pesca y acuicultura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72

Jueves 25 de marzo de 2021

Sec. V-B. Pág. 18801

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

14609

Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de
Santa Cruz de Tenerife por la que se acordó otorgar concesión
administrativa a la entidad Rosapesca, S.L., para la ocupación de la
nave situada en la parcela 17 de la Dársena Pesquera del Puerto de
Santa Cruz de Tenerife, para ser destinada a la importación,
transformación, envasado, almacenamiento y distribución de productos
congelados de la pesca y acuicultura.

En la sesión celebrada por el Consejo de Administración de la Autoridad
Portuaria de Santa Cruz de Tenerife en fecha 24 de febrero de 2021, se acordó
otorgar concesión administrativa a la entidad ROSAPESCA, S.L., para la
ocupación de la nave situada en la parcela 17 de la Dársena Pesquera del Puerto
de Santa Cruz de Tenerife, para ser destinada a la importación, transformación,
envasado, almacenamiento y distribución de productos congelados de la pesca y
acuicultura, bajo entre otras, las siguientes condiciones y con estricta sujeción al
resto que se establecen en el Pliego:
- Plazo, Veinticinco (25) años.
- Tasa de ocupación cuyo importe anual, calculado para el presente año,
asciende a la cantidad de cincuenta y nueve mil veintiocho euros con treinta y siete
céntimos (59.028,37 €), con sujeción a lo dispuesto en los artículos 173 al 182 del
Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
- Tasa de actividad cuyo importe anual, calculado para el presente año,
asciende a la cantidad de veintidós mil dieciséis euros con dieciocho céntimos
(22.016,18 €), con sujeción a lo dispuesto en los artículos 183 al 192 del citado
texto legal.
Lo que se publica para general conocimiento.
Santa Cruz de Tenerife, 11 de marzo de 2021.- El Presidente, Carlos E.
González Pérez.

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X