II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-4699)
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la que se corrigen errores en la de 4 de febrero de 2021, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, mediante concurso-oposición, por el sistema general de acceso libre, de plazas de Técnico Auxiliar de Laboratorio, Grupo IV.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72

Jueves 25 de marzo de 2021

Sec. II.B. Pág. 34822

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

UNIVERSIDADES
4699

Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la
que se corrigen errores en la de 4 de febrero de 2021, por la que se
convocan pruebas selectivas para la provisión, mediante concurso-oposición,
por el sistema general de acceso libre, de plazas de Técnico Auxiliar de
Laboratorio, Grupo IV.

Advertidos errores en la citada Resolución de 4 de febrero de 2021, publicada en el
«Boletín Oficial del Estado», número 39, de 15 de febrero, se procede a su corrección, al
amparo de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los siguientes
términos:
En la página 17458:
Donde dice:
«7.5 Asimismo, el Tribunal publicará en la página web de la Universidad de
Córdoba la relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, por
el cupo general y el de personas con discapacidad intelectual y otras discapacidades,
con indicación del Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte, codificados, en la
que constarán las calificaciones obtenidas en la fase de oposición, las puntuaciones de
la fase de concurso y la puntuación final, constituida por la puntuación total de ambas
fases.»
Debe decir:
«7.5 Asimismo, el Tribunal publicará en la página web de la Universidad de
Córdoba la relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo,
con indicación del Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte, codificados, en la
que constarán las calificaciones obtenidas en la fase de oposición, las puntuaciones de
la fase de concurso y la puntuación final, constituida por la puntuación total de ambas
fases.»
En la página 17.462:
Donde dice:
FASE DE CONCURSO:

Los aspirantes que superen la fase de oposición deberán aportar, en el plazo que el
Tribunal determine, la documentación acreditativa de los méritos alegados para la fase
de concurso, sin que puedan añadirse otros méritos que los referenciados en la solicitud,
en los términos de lo establecido en la base 3.9 d) de la presente resolución.»
Debe decir:
«2.

FASE DE CONCURSO:

Los aspirantes que superen la fase de oposición deberán aportar, en el plazo que el
Tribunal determine, la documentación acreditativa de los méritos alegados para la fase

cve: BOE-A-2021-4699
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