III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2021-4705)
Resolución de 1 de febrero de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Escaleras para Peces Migratorios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72
Jueves 25 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 34848
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
4705
Resolución de 1 de febrero de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Escaleras para Peces Migratorios.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Escaleras para Peces
Migratorios resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Manuel Enrique Posada
González, don Antonio Romero Rodríguez, don Jorge Rodríguez Pérez y don Antonio
Manuel Díaz Piñeiro según resulta de escritura otorgada ante el notario de Zaragoza don
Augusto Ariño Garcia Belenguer el cuatro de octubre de 2019 con el número 3044 de
protocolo, ratificada por escritura otorgada en Ponteceso el 15 de diciembre de 2020
ante el notario don Francisco Javier Castromil Dotras protocolo 893, escritura otorgada
ante el notario de Ourense don Fernando Martínez-Gil Fluxa el 16 de diciembre de 2020
protocolo 1561, y escritura otorgada ante el notario de Oleiros don Rafael Benzo Sainz
el 17 de diciembre de 2020 con el número 3805 de protocolo
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Avenida Eduardo Pondal 19, 2.º
D Ponteceso 15110 La Coruña y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio
del Reino de España
Tercero.
Dotación.
Dotación inicial: noventa y cinco mil quinientos noventa y cuatro euros (95.594 €). La
dotación es no dineraria y consiste en la patente de invención P201700174 que se
acredita con el certificado del título de la patente y en cuanto su valor con informe de
tasación efectuada por don Eduardo Balvís Outeiriño Colegiado n.º 1001 del Colegio
Oficial de ingenieros industriales de Galicia.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Mediante la I+D+I, solucionar la problemática del bloqueo para los peces de los
cauces de los ríos españoles y extranjeros, generada por los muros y los embalses
dedicados a la generación de energía eléctrica y otros usos, e impulsar soluciones
medioambientales que favorezcan el desarrollo local, el turismo y el deporte en muchos
territorios necesitados.
cve: BOE-A-2021-4705
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto. Fines de la Fundación.
Núm. 72
Jueves 25 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 34848
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
4705
Resolución de 1 de febrero de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Escaleras para Peces Migratorios.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Escaleras para Peces
Migratorios resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Manuel Enrique Posada
González, don Antonio Romero Rodríguez, don Jorge Rodríguez Pérez y don Antonio
Manuel Díaz Piñeiro según resulta de escritura otorgada ante el notario de Zaragoza don
Augusto Ariño Garcia Belenguer el cuatro de octubre de 2019 con el número 3044 de
protocolo, ratificada por escritura otorgada en Ponteceso el 15 de diciembre de 2020
ante el notario don Francisco Javier Castromil Dotras protocolo 893, escritura otorgada
ante el notario de Ourense don Fernando Martínez-Gil Fluxa el 16 de diciembre de 2020
protocolo 1561, y escritura otorgada ante el notario de Oleiros don Rafael Benzo Sainz
el 17 de diciembre de 2020 con el número 3805 de protocolo
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Avenida Eduardo Pondal 19, 2.º
D Ponteceso 15110 La Coruña y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio
del Reino de España
Tercero.
Dotación.
Dotación inicial: noventa y cinco mil quinientos noventa y cuatro euros (95.594 €). La
dotación es no dineraria y consiste en la patente de invención P201700174 que se
acredita con el certificado del título de la patente y en cuanto su valor con informe de
tasación efectuada por don Eduardo Balvís Outeiriño Colegiado n.º 1001 del Colegio
Oficial de ingenieros industriales de Galicia.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Mediante la I+D+I, solucionar la problemática del bloqueo para los peces de los
cauces de los ríos españoles y extranjeros, generada por los muros y los embalses
dedicados a la generación de energía eléctrica y otros usos, e impulsar soluciones
medioambientales que favorezcan el desarrollo local, el turismo y el deporte en muchos
territorios necesitados.
cve: BOE-A-2021-4705
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto. Fines de la Fundación.