IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2021-14389)
ELCHE
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72
Jueves 25 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 18479
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
14389
ELCHE
Edicto.
D. Alfonso Marcos Lucero, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Elche, por el presente,
Hago saber: Que por auto de fecha 31.03.2020 en el procedimiento con
número de autos 001465/2019 y Número de Identificación General 03065-42-12019-0009001, se ha declarado en Concurso Abreviado Voluntario al deudor Julián
Perez Hervás y Francisca Terres Riquelme, con domicilio en Calle Torres Quevedo
98 1º D Elche y Documentos Nacionales de Identidad números 21471637X Y
74190030B.
Facultades del concursado: Suspendido.
Administrador Concursal: Que ha sido nombrado Dª. Maria Dolores Ramos
Calvo colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Alicante con domicilio postal
para notificaciones: C/ Filet de Fora 28 Bajo Elche; dirección de correo electrónica
para notificaciones y comunicaciones de crédito: mramos-calvo@icali.es; y
domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de
conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal: Avda. Federico, Soto 8, 3º
derecha, Alicante.
Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada
deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones
indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la
fecha de publicación del presente B.O.E.
Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y
Procurador.
Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir
personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos
documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por
medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de
personación.
Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el deudor, se procede a la
apertura de la misma con todos los efectos que previene la Ley concursal.
Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración
de concurso conforme al artículo 23 LC de forma gratuita.
ID: A210018156-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-14389
Verificable en https://www.boe.es
Elche, 9 de marzo de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Alfonso
Marcos Lucero.
Núm. 72
Jueves 25 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 18479
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
14389
ELCHE
Edicto.
D. Alfonso Marcos Lucero, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Elche, por el presente,
Hago saber: Que por auto de fecha 31.03.2020 en el procedimiento con
número de autos 001465/2019 y Número de Identificación General 03065-42-12019-0009001, se ha declarado en Concurso Abreviado Voluntario al deudor Julián
Perez Hervás y Francisca Terres Riquelme, con domicilio en Calle Torres Quevedo
98 1º D Elche y Documentos Nacionales de Identidad números 21471637X Y
74190030B.
Facultades del concursado: Suspendido.
Administrador Concursal: Que ha sido nombrado Dª. Maria Dolores Ramos
Calvo colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Alicante con domicilio postal
para notificaciones: C/ Filet de Fora 28 Bajo Elche; dirección de correo electrónica
para notificaciones y comunicaciones de crédito: mramos-calvo@icali.es; y
domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de
conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal: Avda. Federico, Soto 8, 3º
derecha, Alicante.
Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada
deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones
indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la
fecha de publicación del presente B.O.E.
Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y
Procurador.
Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir
personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos
documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por
medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de
personación.
Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el deudor, se procede a la
apertura de la misma con todos los efectos que previene la Ley concursal.
Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración
de concurso conforme al artículo 23 LC de forma gratuita.
ID: A210018156-1
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cve: BOE-B-2021-14389
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Elche, 9 de marzo de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Alfonso
Marcos Lucero.