II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. (BOE-A-2021-4592)
Resolución de 17 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
61 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 33816
1.2 A efectos de lo dispuesto en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), se consideran independientes ambos
sistemas de selección por lo que las plazas convocadas para el sistema de promoción
interna que, en su caso, quedaran vacantes, no podrán acumularse a las del sistema de
acceso libre.
1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias, turno
libre o promoción interna.
2.
Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo se desarrollará mediante el sistema de oposición para los
aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, y mediante el sistema de
concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción
interna, con las fases, ejercicios, valoraciones y programas que se especifican en los
anexos I y II.
2.2 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante
dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos de cada proceso. Dicha resolución se publicará en el «Boletín
Oficial del Estado», y en la página web del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y
Seguridad Social www.mites.gob.es/itss/web, estableciéndose un plazo de diez días
hábiles para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u
omisión, y señalando el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
2.3 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra «B» según lo establecido en la Resolución de
la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, de 21 de julio de 2020
(«Boletín Oficial del Estado» de 24 de julio de 2020). En el supuesto de que no exista
ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «B» el orden de actuación se
iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «C» y así sucesivamente.
2.4 La duración máxima de la fase de oposición será de doce meses; en todo caso,
la celebración del primer ejercicio de la citada fase, tendrá que celebrarse en un plazo
máximo de cuatro meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de que pueda acordarse la ampliación de dicho
plazo.
2.5 Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al servicio público, y de conformidad con lo
establecido en el artículo 8 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, el Tribunal
calificador, una vez constituido, publicará un cronograma orientativo con las fechas de
realización de las pruebas relativas al proceso selectivo.
2.6 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los
restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la
señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con, al menos, veinticuatro
horas si se trata de un nuevo ejercicio. Dichos anuncios se efectuarán en la dirección de
Internet que se indica en la base 2.2.
2.7 Los aspirantes serán convocados a cada una de las pruebas en único
llamamiento, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan al mismo,
salvo lo previsto en la base 8.
2.8 El proceso selectivo incluirá la superación de un curso selectivo de carácter
eminentemente práctico. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que
hayan superado la fase de oposición y de concurso serán nombrados funcionarios en
prácticas por la autoridad competente.
2.9 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que
hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de
carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función
Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino
adjudicado.
cve: BOE-A-2021-4592
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 33816
1.2 A efectos de lo dispuesto en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), se consideran independientes ambos
sistemas de selección por lo que las plazas convocadas para el sistema de promoción
interna que, en su caso, quedaran vacantes, no podrán acumularse a las del sistema de
acceso libre.
1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias, turno
libre o promoción interna.
2.
Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo se desarrollará mediante el sistema de oposición para los
aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, y mediante el sistema de
concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción
interna, con las fases, ejercicios, valoraciones y programas que se especifican en los
anexos I y II.
2.2 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante
dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos de cada proceso. Dicha resolución se publicará en el «Boletín
Oficial del Estado», y en la página web del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y
Seguridad Social www.mites.gob.es/itss/web, estableciéndose un plazo de diez días
hábiles para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u
omisión, y señalando el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
2.3 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra «B» según lo establecido en la Resolución de
la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, de 21 de julio de 2020
(«Boletín Oficial del Estado» de 24 de julio de 2020). En el supuesto de que no exista
ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «B» el orden de actuación se
iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «C» y así sucesivamente.
2.4 La duración máxima de la fase de oposición será de doce meses; en todo caso,
la celebración del primer ejercicio de la citada fase, tendrá que celebrarse en un plazo
máximo de cuatro meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de que pueda acordarse la ampliación de dicho
plazo.
2.5 Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al servicio público, y de conformidad con lo
establecido en el artículo 8 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, el Tribunal
calificador, una vez constituido, publicará un cronograma orientativo con las fechas de
realización de las pruebas relativas al proceso selectivo.
2.6 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los
restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la
señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con, al menos, veinticuatro
horas si se trata de un nuevo ejercicio. Dichos anuncios se efectuarán en la dirección de
Internet que se indica en la base 2.2.
2.7 Los aspirantes serán convocados a cada una de las pruebas en único
llamamiento, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan al mismo,
salvo lo previsto en la base 8.
2.8 El proceso selectivo incluirá la superación de un curso selectivo de carácter
eminentemente práctico. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que
hayan superado la fase de oposición y de concurso serán nombrados funcionarios en
prácticas por la autoridad competente.
2.9 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que
hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de
carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función
Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino
adjudicado.
cve: BOE-A-2021-4592
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 71