III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Recursos. (BOE-A-2021-4625)
Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Secretaría del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 4/491/2021, interpuesto ante la Audiencia Nacional contra la Resolución de 17 de diciembre de 2020, por la que se establece el ajuste retributivo de la actividad de distribución aplicable a las empresas de desarrollan la actividad de distribución en el periodo regulatorio 2021-2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Miércoles 24 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 34021

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA
4625

Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Secretaría del Consejo de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se emplaza
a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 4/491/2021,
interpuesto ante la Audiencia Nacional contra la Resolución de 17 de
diciembre de 2020, por la que se establece el ajuste retributivo de la actividad
de distribución aplicable a las empresas de desarrollan la actividad de
distribución en el periodo regulatorio 2021-2026.

Ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, NEDGIA
NAVARRA, S.A., NEDGIA ANDALUCÍA, S.A., NEDGIA ARAGON, S.A.,NEDGIA
CASTILLA Y LEÓN, S.A., NEDGIA CASTILLA-LA MANCHA, S.A., NEDGIA
CATALUNYA, S.A.,NEDGIA CEGAS, S.A., NEDGIA GALICIA, S.A., NEDGIA MADRID,
S.A., NEDGIA RIOJA, S.A. y NEDGIA, S.A. han interpuesto recurso contenciosoadministrativo contra la Resolución de 17 de diciembre de 2020 de la Comisión Nacional
de los Mercados y la Competencia, por la que se establece el ajuste retributivo de la
actividad de Distribución –AAD– aplicable a las empresas de desarrollan la actividad de
distribución en el periodo regulatorio 2021-2026, recurso que se sigue por la Sección 4
de la mencionada Sala en el marco del procedimiento ordinario 4/491/2021.
De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, se emplaza a los interesados
para que, si a su derecho conviene, puedan personarse como demandados en el plazo
de los nueve días siguientes a la publicación de esta resolución.

cve: BOE-A-2021-4625
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 12 de marzo de 2021.–El Secretario del Consejo de la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia, Joaquim Hortalà i Vallvé.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X