III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Indultos. (BOE-A-2021-4608)
Real Decreto 191/2021, de 23 de marzo, por el que se indulta a don José Luis Pozuelo López.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 33892
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
4608
Real Decreto 191/2021, de 23 de marzo, por el que se indulta a don José
Luis Pozuelo López.
Visto el expediente de indulto de don José Luis Pozuelo López, condenado por la
Audiencia Provincial de Jaén, Sección Tercera, en sentencia de 18 de marzo de 2019,
como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años y tres meses de
prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la
condena y multa de 128.000,16 euros, por hechos cometidos en el año 2017, en el que
se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal,
estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la
información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a
propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su
reunión del día 23 de marzo de 2021,
Vengo en indultar a don José Luis Pozuelo López la pena privativa de libertad
pendiente de cumplimiento a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el
plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 23 de marzo de 2021.
FELIPE R.
El Ministro de Justicia,
cve: BOE-A-2021-4608
Verificable en https://www.boe.es
JUAN CARLOS CAMPO MORENO
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 33892
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
4608
Real Decreto 191/2021, de 23 de marzo, por el que se indulta a don José
Luis Pozuelo López.
Visto el expediente de indulto de don José Luis Pozuelo López, condenado por la
Audiencia Provincial de Jaén, Sección Tercera, en sentencia de 18 de marzo de 2019,
como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años y tres meses de
prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la
condena y multa de 128.000,16 euros, por hechos cometidos en el año 2017, en el que
se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal,
estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la
información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a
propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su
reunión del día 23 de marzo de 2021,
Vengo en indultar a don José Luis Pozuelo López la pena privativa de libertad
pendiente de cumplimiento a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el
plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 23 de marzo de 2021.
FELIPE R.
El Ministro de Justicia,
cve: BOE-A-2021-4608
Verificable en https://www.boe.es
JUAN CARLOS CAMPO MORENO
https://www.boe.es
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