I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Personal de las Fuerzas Armadas. Retribuciones. (BOE-A-2021-4571)
Real Decreto 177/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 33742
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Real Decreto 177/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el
Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, aprobado
por el Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre.
Las retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas han permanecido invariables
desde la entrada en vigor del Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas
Armadas, aprobado por Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre, en el año 2005,
aun cuando con posterioridad se promulgaron la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y
Marinería y la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
Las retribuciones se habían quedado desfasadas con respecto a las exigencias de
las actuales Fuerzas Armadas, capaces de proporcionar una respuesta ajustada, rápida
y oportuna ante un amplio abanico de situaciones, lo que requiere de su personal un
mayor grado de formación, preparación técnica, y capacidad de adaptación a un entorno
cambiante, así como la asunción de mayores responsabilidades y su permanente
disponibilidad para el servicio.
En diciembre de 2020 se ha iniciado un proceso de mejora de las retribuciones del
personal militar en función de las disponibilidades presupuestarias.
En este sentido, por el Real Decreto 1053/2020, de 1 de diciembre, se modificó el
Reglamento de retribuciones para corregir la pérdida retributiva del personal militar en
reserva con más de sesenta y tres años, con efectos de 1 de noviembre de 2020.
Medida que supone un coste estimado de 9.182.362 euros en 2021 y ha beneficiado a
un total de 2.975 efectivos que se encuentran actualmente en esta situación.
Posteriormente, a iniciativa del Ministerio de Defensa, la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, en su
artículo 24.cinco, autorizó a este departamento ministerial a aplicar el incremento
adicional regulado en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del
Estado para 2018, y en el Real Decreto-ley 24/2018, de 21 de diciembre, y el Real
Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero, por los que se aprobaban medidas urgentes en
materia de retribuciones en el ámbito del sector público, para implantar planes de mejora
de la eficiencia y para la adecuación de las retribuciones del personal militar a la mayor
exigencia, capacitación técnica y disponibilidad permanente requerida por las misiones
que le son encomendadas.
Además, se establece que este incremento adicional podrá destinarse a adaptar el
complemento de empleo del personal de Tropa y Marinería a los niveles mínimos fijados
para el complemento de destino de los funcionarios, así como a la revisión del
complemento específico del personal militar.
Con esta base legal, hasta el momento, además de la actualización anual del 0,9 %
aplicable a todos los empleados públicos, se ha adaptado el complemento de empleo del
Soldado y Marinero al nivel 14, mínimo del complemento de destino del funcionario, con
un coste estimado para el año 2021 de 14.831.589 euros, lo que beneficia a un total
de 43.469 militares de la escala de Tropa y Marinería con el empleo de Soldado y
Marinero.
Asimismo, mediante acuerdo de la Comisión Superior de Retribuciones Militares, se
han incrementado las cuantías de los trece primeros tipos del componente singular del
complemento específico asignado a los puestos que pueden ser ocupados por el
personal militar, con un coste estimado de 66.006.271 euros que beneficia a un total
cve: BOE-A-2021-4571
Verificable en https://www.boe.es
4571
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 33742
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Real Decreto 177/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el
Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, aprobado
por el Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre.
Las retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas han permanecido invariables
desde la entrada en vigor del Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas
Armadas, aprobado por Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre, en el año 2005,
aun cuando con posterioridad se promulgaron la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y
Marinería y la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
Las retribuciones se habían quedado desfasadas con respecto a las exigencias de
las actuales Fuerzas Armadas, capaces de proporcionar una respuesta ajustada, rápida
y oportuna ante un amplio abanico de situaciones, lo que requiere de su personal un
mayor grado de formación, preparación técnica, y capacidad de adaptación a un entorno
cambiante, así como la asunción de mayores responsabilidades y su permanente
disponibilidad para el servicio.
En diciembre de 2020 se ha iniciado un proceso de mejora de las retribuciones del
personal militar en función de las disponibilidades presupuestarias.
En este sentido, por el Real Decreto 1053/2020, de 1 de diciembre, se modificó el
Reglamento de retribuciones para corregir la pérdida retributiva del personal militar en
reserva con más de sesenta y tres años, con efectos de 1 de noviembre de 2020.
Medida que supone un coste estimado de 9.182.362 euros en 2021 y ha beneficiado a
un total de 2.975 efectivos que se encuentran actualmente en esta situación.
Posteriormente, a iniciativa del Ministerio de Defensa, la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, en su
artículo 24.cinco, autorizó a este departamento ministerial a aplicar el incremento
adicional regulado en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del
Estado para 2018, y en el Real Decreto-ley 24/2018, de 21 de diciembre, y el Real
Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero, por los que se aprobaban medidas urgentes en
materia de retribuciones en el ámbito del sector público, para implantar planes de mejora
de la eficiencia y para la adecuación de las retribuciones del personal militar a la mayor
exigencia, capacitación técnica y disponibilidad permanente requerida por las misiones
que le son encomendadas.
Además, se establece que este incremento adicional podrá destinarse a adaptar el
complemento de empleo del personal de Tropa y Marinería a los niveles mínimos fijados
para el complemento de destino de los funcionarios, así como a la revisión del
complemento específico del personal militar.
Con esta base legal, hasta el momento, además de la actualización anual del 0,9 %
aplicable a todos los empleados públicos, se ha adaptado el complemento de empleo del
Soldado y Marinero al nivel 14, mínimo del complemento de destino del funcionario, con
un coste estimado para el año 2021 de 14.831.589 euros, lo que beneficia a un total
de 43.469 militares de la escala de Tropa y Marinería con el empleo de Soldado y
Marinero.
Asimismo, mediante acuerdo de la Comisión Superior de Retribuciones Militares, se
han incrementado las cuantías de los trece primeros tipos del componente singular del
complemento específico asignado a los puestos que pueden ser ocupados por el
personal militar, con un coste estimado de 66.006.271 euros que beneficia a un total
cve: BOE-A-2021-4571
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