I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Títulos académicos. (BOE-A-2021-4569)
Real Decreto 174/2021, de 23 de marzo, por el que se establece el título de Técnico Superior en Formación para la movilidad segura y sostenible y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 33678
La función de administrar incluye aspectos de utilización de los requisitos
administrativos previstos en la normativa reguladora.
Las actividades profesionales asociadas a estas funciones se aplican mediante la
realización de los trámites administrativos previstos para la autorización y funcionamiento
de los centros de formación de personas conductoras, la gestión de la documentación y el
cumplimiento de las obligaciones derivadas de dicho funcionamiento y la aplicación al
proceso de enseñanza en estos centros de formación de las normas reguladoras de las
autorizaciones administrativas para conducir y de las pruebas que deben superarse para
su obtención.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales k), m), ñ), r) y
v) del ciclo formativo, y las competencias k), m), n), p) y s).
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten
alcanzar los objetivos del módulo están relacionadas con:
-
Identificación de la normativa aplicable para la creación y gestión de centros de
formación.
-
Identificación de la normativa reguladora de las autorizaciones administrativas
para conducir y las pruebas de aptitud previstas para su obtención.
Módulo profesional: Técnicas de conducción.
Equivalencia en créditos ECTS: 5
Código: 1653.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Realiza las comprobaciones previas diarias y periódicas relacionándolas con un
correcto mantenimiento del vehículo y su importancia para la seguridad vial.
Criterios de evaluación:
a) Se ha comprobado el estado general exterior del vehículo.
b) Se ha comprobado en el interior del vehículo el estado y significado de los distintos
testigos luminosos y pantallas de información.
c) Se ha comprobado el funcionamiento de los distintos mandos, en especial los
relacionados con la visibilidad.
d) Se ha comprobado la correcta apertura y cierre de puertas, compartimiento motor,
maletero y boca de llenado de combustible y otros aditivos en su caso.
e) Se han comprobado los distintos niveles de combustible, aceites y líquidos.
Se ha comprobado el estado del alumbrado.
g) Se ha comprobado el estado de la señal acústica.
h) Se ha comprobado la existencia y ubicación del chaleco reflectante y los
dispositivos portátiles de preseñalización de peligro.
i)
Se ha comprobado la documentación reglamentaria.
cve: BOE-A-2021-4569
Verificable en https://www.boe.es
f)
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 33678
La función de administrar incluye aspectos de utilización de los requisitos
administrativos previstos en la normativa reguladora.
Las actividades profesionales asociadas a estas funciones se aplican mediante la
realización de los trámites administrativos previstos para la autorización y funcionamiento
de los centros de formación de personas conductoras, la gestión de la documentación y el
cumplimiento de las obligaciones derivadas de dicho funcionamiento y la aplicación al
proceso de enseñanza en estos centros de formación de las normas reguladoras de las
autorizaciones administrativas para conducir y de las pruebas que deben superarse para
su obtención.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales k), m), ñ), r) y
v) del ciclo formativo, y las competencias k), m), n), p) y s).
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten
alcanzar los objetivos del módulo están relacionadas con:
-
Identificación de la normativa aplicable para la creación y gestión de centros de
formación.
-
Identificación de la normativa reguladora de las autorizaciones administrativas
para conducir y las pruebas de aptitud previstas para su obtención.
Módulo profesional: Técnicas de conducción.
Equivalencia en créditos ECTS: 5
Código: 1653.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Realiza las comprobaciones previas diarias y periódicas relacionándolas con un
correcto mantenimiento del vehículo y su importancia para la seguridad vial.
Criterios de evaluación:
a) Se ha comprobado el estado general exterior del vehículo.
b) Se ha comprobado en el interior del vehículo el estado y significado de los distintos
testigos luminosos y pantallas de información.
c) Se ha comprobado el funcionamiento de los distintos mandos, en especial los
relacionados con la visibilidad.
d) Se ha comprobado la correcta apertura y cierre de puertas, compartimiento motor,
maletero y boca de llenado de combustible y otros aditivos en su caso.
e) Se han comprobado los distintos niveles de combustible, aceites y líquidos.
Se ha comprobado el estado del alumbrado.
g) Se ha comprobado el estado de la señal acústica.
h) Se ha comprobado la existencia y ubicación del chaleco reflectante y los
dispositivos portátiles de preseñalización de peligro.
i)
Se ha comprobado la documentación reglamentaria.
cve: BOE-A-2021-4569
Verificable en https://www.boe.es
f)