III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Juzgados de lo Mercantil. (BOE-A-2021-4600)
Acuerdo de 11 de marzo de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que el Juzgado de lo Mercantil número 4 de Murcia, con sede en Cartagena, en virtud de Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 3 de diciembre de 2020, desde la fecha de su entrada en funcionamiento, conocerá de los asuntos de su competencia correspondientes a los partidos judiciales de Cartagena y San Javier.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 33884
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
4600
Acuerdo de 11 de marzo de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que el Juzgado de lo Mercantil número 4 de
Murcia, con sede en Cartagena, en virtud de Acuerdo de la Comisión
Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 3 de diciembre de
2020, desde la fecha de su entrada en funcionamiento, conocerá de los
asuntos de su competencia correspondientes a los partidos judiciales de
Cartagena y San Javier.
Primero.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 269.2 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1
de julio, del Poder Judicial, el Juzgado de lo Mercantil número 4 de Murcia, creado y
constituido por el Real Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre, con sede en la ciudad de
Cartagena, en virtud de acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del
Poder Judicial de fecha 3 de diciembre de 2020, desde la fecha de su entrada en
funcionamiento, conocerá de los asuntos de su competencia correspondientes a los
partidos judiciales de Cartagena y San Javier.
Segundo.
Esta medida se adopta con carácter excepcional, en base a que el partido judicial de
Cartagena tiene por sí mismo una importante población, una actividad mercantil e
industrial considerable, además de una elevada actividad relacionada con el transporte
marítimo.
Tercero.
Particípese el presente acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de la Región de
Murcia, al Servicio de Personal y Oficina Judicial y a la Unidad de Documentación de la
Vicesecretaría General del Consejo General del Poder Judicial, así como al Ministerio de
Justicia a través de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia.
cve: BOE-A-2021-4600
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 11 de marzo de 2021.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
Carlos Lesmes Serrano.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 33884
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
4600
Acuerdo de 11 de marzo de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que el Juzgado de lo Mercantil número 4 de
Murcia, con sede en Cartagena, en virtud de Acuerdo de la Comisión
Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 3 de diciembre de
2020, desde la fecha de su entrada en funcionamiento, conocerá de los
asuntos de su competencia correspondientes a los partidos judiciales de
Cartagena y San Javier.
Primero.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 269.2 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1
de julio, del Poder Judicial, el Juzgado de lo Mercantil número 4 de Murcia, creado y
constituido por el Real Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre, con sede en la ciudad de
Cartagena, en virtud de acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del
Poder Judicial de fecha 3 de diciembre de 2020, desde la fecha de su entrada en
funcionamiento, conocerá de los asuntos de su competencia correspondientes a los
partidos judiciales de Cartagena y San Javier.
Segundo.
Esta medida se adopta con carácter excepcional, en base a que el partido judicial de
Cartagena tiene por sí mismo una importante población, una actividad mercantil e
industrial considerable, además de una elevada actividad relacionada con el transporte
marítimo.
Tercero.
Particípese el presente acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de la Región de
Murcia, al Servicio de Personal y Oficina Judicial y a la Unidad de Documentación de la
Vicesecretaría General del Consejo General del Poder Judicial, así como al Ministerio de
Justicia a través de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia.
cve: BOE-A-2021-4600
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 11 de marzo de 2021.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
Carlos Lesmes Serrano.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X