IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-14087)
SEVILLA
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70
Martes 23 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 18027
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
14087
SEVILLA
El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 2.ª)
Anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 112.11/2017 referente al
concursado Proyectos Inmobiliarios de Villafranco PR, S.L., se ha dictado auto de
fecha 10/03/21, cuya parte dispositiva contiene el tenor literal siguiente:
"1.-Acuerdo cesar a DOÑA INÉS ZAFRA OLIVA, como administradora
concursal de PROYECTOS INMOBILIARIOS DE VILLAFRANCO PR, S.L., como
consecuencia del incumplimiento de la obligación de contestar la demanda
incidental resuelta por la Sentencia identificada en el Antecedente de Hecho
PRIMERO de la presente resolución.
2.-Nombro como administración concursal a a la persona jurídica ERNST AND
YOUNG a quien se deberá comunicar tal nombramiento junto con testimonio de
esta resolución y del auto de declaración de concurso.
3.-Acuerdo requerir a DOÑA INÉS ZAFRA OLIVA para que, entregue su
credencial y la documentación relativa al concurso que obre en su poder en el
plazo de diez días y para que en el plazo de un mes, rinda cuentas de su actuación
en los términos del artículo 100 de la Ley Concursal.
4.-Dese a la presente resolución la misma publicidad que al auto de
declaración de concurso (artículo 100 del Texto refundido de la Ley Concursal).
5.-Procede la baja cautelar de DOÑA INÉS ZAFRA OLIVA del Registro público
concursal, en tanto no sea firme la presente resolución (artículo 104 del Texto
Refundido de la Ley Concursal).".
Sevilla, 17 de marzo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana
María Gullón Gullón.
cve: BOE-B-2021-14087
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210017085-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 70
Martes 23 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 18027
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
14087
SEVILLA
El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 2.ª)
Anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 112.11/2017 referente al
concursado Proyectos Inmobiliarios de Villafranco PR, S.L., se ha dictado auto de
fecha 10/03/21, cuya parte dispositiva contiene el tenor literal siguiente:
"1.-Acuerdo cesar a DOÑA INÉS ZAFRA OLIVA, como administradora
concursal de PROYECTOS INMOBILIARIOS DE VILLAFRANCO PR, S.L., como
consecuencia del incumplimiento de la obligación de contestar la demanda
incidental resuelta por la Sentencia identificada en el Antecedente de Hecho
PRIMERO de la presente resolución.
2.-Nombro como administración concursal a a la persona jurídica ERNST AND
YOUNG a quien se deberá comunicar tal nombramiento junto con testimonio de
esta resolución y del auto de declaración de concurso.
3.-Acuerdo requerir a DOÑA INÉS ZAFRA OLIVA para que, entregue su
credencial y la documentación relativa al concurso que obre en su poder en el
plazo de diez días y para que en el plazo de un mes, rinda cuentas de su actuación
en los términos del artículo 100 de la Ley Concursal.
4.-Dese a la presente resolución la misma publicidad que al auto de
declaración de concurso (artículo 100 del Texto refundido de la Ley Concursal).
5.-Procede la baja cautelar de DOÑA INÉS ZAFRA OLIVA del Registro público
concursal, en tanto no sea firme la presente resolución (artículo 104 del Texto
Refundido de la Ley Concursal).".
Sevilla, 17 de marzo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana
María Gullón Gullón.
cve: BOE-B-2021-14087
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210017085-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X