IV. Administración de Justicia. TRIBUNAL SUPREMO. (BOE-B-2021-13908)
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 23 de marzo de 2021

Sec. IV. Pág. 17807

Recurso nº 2005/2020. Admitido por Auto de 19 de noviembre de 2020. Norma
que será objeto de interpretación: los artículos 65 y 77 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/
2004, de 5 de marzo y el artículo 4 del texto refundido de la Ley del Catastro
Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.
Recurso nº 2221/2020. Admitido por Auto de 19 de noviembre de 2020. Norma
que será objeto de interpretación: (i) el artículo 41.2.b) de la Ley Orgánica 3/1979,
de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco; (ii) los artículos
1.Dos, 6.Uno y 43, apartados Uno y Nueve, de la redacción aplicable ratione
temporis de la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto
Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco; (iii) los artículos 1.1, 5.2,
48 y 68.1.a) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; (iv) los
artículos 57, apartados 1 y 3, y 67 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, aplicables ratione temporis, similares a los artículos 39,
apartados 1 y 3, y 52. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, actualmente vigentes.
Recurso nº 2484/2020. Admitido por Auto de 19 de noviembre de 2020. Norma
que será objeto de interpretación: los artículos 111.1 de la Norma Foral 2/2005, de
8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Guipúzcoa, y 115.1 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Recurso nº 2554/2020. Admitido por Auto de 19 de noviembre de 2020. Norma
que será objeto de interpretación: los artículos 38.1 de la Ley 35/2006, de 28 de
noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y 41.1 del Real
Decreto 439/2007, de 30 de marzo.
Recurso nº 2656/2020. Admitido por Auto de 19 de noviembre de 2020. Norma
que será objeto de interpretación: los artículos 90, apartado 1, y 91, apartados 1, 3
y 4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado
por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los artículos 11, 15,
apartados 1 y 2, 18, apartado 4, del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por
el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades
Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión
censal de dicho impuesto, las reglas 5.ª, apartado 2.B).e), y 8.ª del Capítulo II del
Anexo II del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que
se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas
los artículos 31 y 139.2 de la Constitución Española y, por último, el artículo 3 de la
Directiva 96/92/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de diciembre de
1996 sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad.
Recurso nº 2659/2020. Admitido por Auto de 19 de noviembre de 2020. Norma
que será objeto de interpretación: los artículos 27 de la Ley 2/2003, de 9 de julio,
Concursal (actualmente artículos 62 y 63 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5
de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal), y 16 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Recurso nº 2672/2020. Admitido por Auto de 19 de noviembre de 2020. Norma
que será objeto de interpretación: los artículos 8.6 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y 83.3, 93, 113 y
141.c) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Recurso nº 2802/2020. Admitido por Auto de 19 de noviembre de 2020. Norma
que será objeto de interpretación: artículo 90.3 del Real Decreto Legislativo 4/2004,

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Núm. 70