III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-4536)
Resolución de 18 de marzo de 2021, del Consorcio Casa Árabe, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Martes 23 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 33318

EXPONEN
I. La Universidad, según se recoge en sus Estatutos aprobados por
Decreto 32/2017, de 21 de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid
(BOCM de 24 de marzo de 2017), tiene entre sus funciones la creación, desarrollo,
transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, la difusión, la valorización
y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de vida y del
desarrollo económico, así como la difusión del conocimiento y la cultura a través de la
extensión universitaria y la formación continuada.
Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad
social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con
otras entidades, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica
de los conocimientos teóricos adquiridos.
II. Casa Árabe tiene como fines el fomento de la imagen y el desarrollo de las
relaciones de España y el Mundo Árabe, en los ámbitos institucionales, económicos,
culturales, sociales, científicos, a través de la programación de actividades culturales y
públicas de muy diversa índole.
III. Las partes, al amparo del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, que regula las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, acuerdan suscribir el
presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
Este convenio tiene por objeto establecer las condiciones en las que estudiantes de
la Universidad realizarán en Casa Árabe, un programa de prácticas externas, así como
del Trabajo de Fin de Grado/Máster (en adelante TFG/TFM) de cualquier enseñanza
impartida por la Universidad, tanto oficiales como propias, según las condiciones
particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente programa formativo,
así como de acuerdo con lo manifestado en la memoria justificativa que acompaña al
presente convenio, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 50.1 de la
Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segunda.

Condiciones generales del Convenio.

A. Oferta de Casa Árabe.–Casa Árabe podrá ofrecer plazas de prácticas con la
periodicidad o cuantía que desee, e indicar la oferta específica para cada plaza.
B. Modalidades de prácticas académicas externas.–Las prácticas académicas
externas podrán ser curriculares o extracurriculares.

C.

Duración de las prácticas.

a) Las prácticas externas curriculares tendrán la duración que establezca el Plan de
Estudios correspondiente, en los términos establecidos por el artículo 12.6 del Real
Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las
enseñanzas universitarias oficiales.

cve: BOE-A-2021-4536
Verificable en https://www.boe.es

a) Las prácticas curriculares se configuran como actividades académicas
integrantes del Plan de Estudios de que se trate.
b) Las prácticas extracurriculares son aquellas que los estudiantes podrán realizar
con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aun teniendo los mismos
fines que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de
Estudios. No obstante, y cuando corresponda, serán contempladas en el Suplemento
Europeo al Título conforme determine la normativa vigente.