III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2021-4545)
Resolución de 15 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE a la Subsecretaría de Hacienda, para la gestión de expedientes de responsabilidad patrimonial.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70
Martes 23 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 33417
cve: BOE-A-2021-4545
Verificable en https://www.boe.es
– Las solicitudes de informe y la remisión de los mismos, así como, en su caso, las
comunicaciones de documentación que se requieran, se llevarán a cabo
electrónicamente en la forma que se determine por el Ministerio de Hacienda.
– La Secretaría General de ENAIRE será la encargada de recabar los informes que
procedan de la unidad que corresponda por razón de la materia, los cuales serán
remitidos a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda en el plazo de 10
días.
– La Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda recabará la firma de la
Secretaría General de ENAIRE, a través del portafirmas electrónico correspondiente, en
el cual se establecerán los flujos de visto bueno y firma que se requieran.
– La puesta a disposición de los expedientes administrativos electrónicos se llevará a
cabo electrónicamente en la forma que se determine por el Ministerio de Hacienda.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 70
Martes 23 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 33417
cve: BOE-A-2021-4545
Verificable en https://www.boe.es
– Las solicitudes de informe y la remisión de los mismos, así como, en su caso, las
comunicaciones de documentación que se requieran, se llevarán a cabo
electrónicamente en la forma que se determine por el Ministerio de Hacienda.
– La Secretaría General de ENAIRE será la encargada de recabar los informes que
procedan de la unidad que corresponda por razón de la materia, los cuales serán
remitidos a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda en el plazo de 10
días.
– La Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda recabará la firma de la
Secretaría General de ENAIRE, a través del portafirmas electrónico correspondiente, en
el cual se establecerán los flujos de visto bueno y firma que se requieran.
– La puesta a disposición de los expedientes administrativos electrónicos se llevará a
cabo electrónicamente en la forma que se determine por el Ministerio de Hacienda.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X