III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2021-4547)
Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Olmedilla Hive, SL, autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Olmedilla Hive de 169 MWp y su infraestructura de evacuación de energía eléctrica, formada por las líneas subterráneas a 30 kV, las subestaciones 30/132 kV y 132/400 kV, la línea de evacuación a 132 kV y la línea subterránea a 400 kV, en los términos municipales de Olmedilla de Alarcón, Valverdejo y Barchín del Hoyo (Cuenca) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 23 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 33421

Se han recibido contestaciones de la Diputación Provincial de Cuenca, de la
Confederación Hidrográfica del Júcar y de la Dirección Provincial de la Consejería
Fomento de Cuenca de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en las que se
establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización
ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o
servicios de sus competencias. Se ha dado traslado a Olmedilla de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
No se ha recibido contestación, tras la reglamentaria reiteración, del Ayuntamiento de
Olmedilla de Alarcón, del Ayuntamiento de Valverdejo, de la Dirección General de
Política Forestal y Espacios Naturales, de la Dirección General del Medio Natural de la
Consejería Medioambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de Red
Eléctrica de España, S.A.U., de Telefónica, S.A. y de la Agencia del Agua de Castilla-La
Mancha, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto
en los artículos 131.2 y 146.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación de Gobierno en Cuenca
emitió informes en fecha 3 de diciembre de 2020 y 2 de febrero de 2021.
El artículo 7.2.c) de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece que serán
objeto de evaluación ambiental simplificada cualquier modificación de las características
de un proyecto del anexo I, ya autorizado, que pueda tener efectos adversos
significativos sobre el medio ambiente.
A este respecto, Olmedilla presentó, junto a la solicitud de autorización administrativa
de construcción, un documento ambiental en el que se pone de manifiesto que la
actuación proyectada no tiene efectos adversos significativos sobre el medio ambiente.
Asimismo, y en relación con las afecciones descritas en el referido artículo 7.2.c) de
la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el análisis presentado por el promotor concluye que:
– No se produce un incremento de las emisiones a la atmósfera.
– No hay incremento de los vertidos.
– No existe incremento de la generación de residuos.
– No aumenta la utilización de recursos naturales.
– No se modifica la afección a Espacios Protegidos Red Natura 2000.
– No se modifica la afección al patrimonio cultural.
La infraestructura de evacuación de energía eléctrica conjunta conectará el parque
fotovoltaico con la red de transporte, en la subestación Olmedilla 400 kV, propiedad de
Red Eléctrica de España, S.A.U.
Red Eléctrica de España, S.A.U. emitió, en fecha 18 de diciembre de 2019 Informe
de Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) y el Informe de
Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC), relativos a la solicitud
para la conexión en una nueva posición en la subestación de Olmedilla 400 kV para la
instalación fotovoltaica de 130 MW. Posteriormente, con fecha 24 de noviembre de 2020,
ha actualizado el referido Informe de Verificación de las Condiciones Técnicas de
Conexión (IVCTC).
La Resolución de 30 de julio de 2018, de la Secretaría de Estado de Energía, publicó
el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de julio de 2018, por el que se modifican
aspectos puntuales del documento planificación energética. Plan de Desarrollo de la Red
de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020, aprobado por Acuerdo del Consejo de
Ministros de 16 de octubre de 2015 («Boletín Oficial del Estado» núm. 187, de 3 de
agosto de 2018), estando la subestación de Olmedilla 400 kV contemplada en la misma.
Olmedilla suscribió, con fechas 26 de febrero de 2020 y 2 de marzo de 2021,
declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de
aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del sector eléctrico.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.

cve: BOE-A-2021-4547
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Núm. 70