III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-4548)
Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundació per a l'Escola Superior de Música de Catalunya, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Martes 23 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 33434

Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El responsable del tratamiento de
datos es la Biblioteca Nacional de España, O.A., con domicilio en Paseo de Recoletos,
número 20-22, 28071 Madrid, teléfono +34 91 580 78 00 y también la Escola Superior de
Música de Catalunya, con domicilio en c/ Padilla, 155, Edificio de L’Auditori, 08013
Barcelona, teléfono +34 93 352 30 11.
Las funciones que dicho Reglamento otorga al Delegado de Protección de Datos
serán ejercidas por la persona titular de la Subdirección General-Gerencia de la BNE,
con quien podrán contactar a través del correo electrónico dpd@bne.es, y con respecto
al tratamiento de datos del que sea responsable la Escola Superior de Música de
Catalunya, por el/la Delegado/a de Protección de Datos de la ESMUC, con quien puede
contactar a través del correo electrónico protecciodades@esmuc.cat.
Las partes informan de la posibilidad de ejercitar los siguientes derechos:
– Acceso a sus datos personales, así como toda la información relacionada con el
tratamiento que se está haciendo de los mismos.
– Rectificación de sus datos personales, así como limitación de su tratamiento.
– Solicitud de su supresión.
– Oposición al tratamiento.
– Solicitud de portabilidad de sus datos personales.
La base legal para el tratamiento de los datos personales en la BNE es cumplir con
sus objetivos y funciones, recogidos en el artículo 3 de la Ley 1/ 2015, de 24 de marzo,
reguladora de la BNE, así como en el artículo 2 de su Estatuto, aprobado por Real
Decreto 640/ 2016, de 9 de diciembre.
Decimonovena.

Naturaleza del Convenio y jurisdicción competente.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución
y efectos que puedan derivarse del presente Convenio se resolverán entre las partes,
agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso
extrajudicial.
En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos
jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo, en Madrid capital.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes
firman el presente documento, a un solo efecto en todas sus páginas.–Por la Fundación
para la Escuela Superior de Música de Catalunya, Núria Sempere Comas.–Por la
Biblioteca Nacional de España, Ana María Santos Aramburo.
ANEXO

Nombre y apellidos:
NIF/NIE:
Titulación:
Curso:
Escuela o Institución docente:
Teléfono:
Correo electrónico:

cve: BOE-A-2021-4548
Verificable en https://www.boe.es

Datos del estudiante en prácticas: