IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-14074)
MADRID
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70
Martes 23 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 18014
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
14074
MADRID
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid hHace saber:
1.- Que en el Concurso Abreviado 671/2020, con Número de Identificación
General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0048657, por auto de fecha
28.10.2020, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el
procedimiento abreviado, a JUAN CARLOS HARO ESPADA, S.L.U., con nº de
identificación B86685641, y domiciliado en Ciempozuelos (Madrid), calle La Oca,
42.
2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma
prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de
este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de
su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal
4.- La identidad de la Administración concursal es la Sociedad SBA SERVICIO
CONCURSALES, S.L.P., CIF B-87076642, designándose a tal efecto a la persona
jurídica D. ARTURO SÁEZ SANZ, con domicilio postal en C/ José Abascal, 53, 4,
28003 Madrid, y dirección electrónica despacho@saezabogados.com ello para que
los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de
conformidad con el artículo 255 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones.
5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo
deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la
legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.
6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se
publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es
www.publicidadconcursal.es
Madrid, 1 de marzo de 2021.- La Letrada de la Admón. de Justicia, María
Jesús Rodríguez Fernández.
cve: BOE-B-2021-14074
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210017190-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 70
Martes 23 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 18014
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
14074
MADRID
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid hHace saber:
1.- Que en el Concurso Abreviado 671/2020, con Número de Identificación
General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0048657, por auto de fecha
28.10.2020, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el
procedimiento abreviado, a JUAN CARLOS HARO ESPADA, S.L.U., con nº de
identificación B86685641, y domiciliado en Ciempozuelos (Madrid), calle La Oca,
42.
2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma
prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de
este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de
su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal
4.- La identidad de la Administración concursal es la Sociedad SBA SERVICIO
CONCURSALES, S.L.P., CIF B-87076642, designándose a tal efecto a la persona
jurídica D. ARTURO SÁEZ SANZ, con domicilio postal en C/ José Abascal, 53, 4,
28003 Madrid, y dirección electrónica despacho@saezabogados.com ello para que
los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de
conformidad con el artículo 255 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones.
5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo
deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la
legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.
6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se
publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es
www.publicidadconcursal.es
Madrid, 1 de marzo de 2021.- La Letrada de la Admón. de Justicia, María
Jesús Rodríguez Fernández.
cve: BOE-B-2021-14074
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210017190-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X